Análisis del decreto
Lo que dice y lo que no dice el decreto ómnibus sobre los desahucios y los okupas
En el escrito se permite la suspensión temporal de desahucios en casos muy concretos de personas vulnerables, fundamentalmente situaciones de impago, no de ocupación violenta o ilícita.

El debate político sobre el decreto ómnibus y la negativa del Gobierno ha vuelto a colocar en el centro una palabra cargada de polémica: okupas. Jon Echeverría, de las Juventudes del PP, asegura en laSexta Xplica que el voto 'popular' está justificado porque el texto "protege a los okupas", aunque en el propio contenido del decreto esa figura no aparece mencionada en ningún momento.
Entonces, ¿qué dice realmente el decreto y qué no? No habla de okupación, habla de vulnerabilidad. El decreto no regula la ocupación ilegal de viviendas ni modifica el Código Penal ni introduce ninguna protección específica para okupas.
Lo que sí hace es permitir la suspensión temporal de desahucios en casos muy concretos de personas vulnerables, fundamentalmente situaciones de impago, no de ocupación violenta o ilícita.
Es decir, no se protege a quien entra en una vivienda por la fuerza, sino a hogares que no pueden hacer frente a un alquiler o una hipoteca y cumplen determinados requisitos sociales y económicos. Así lo explica Antonio Pérez Lobato en el programa.
De esta manera, no afecta a pequeños propietarios y uno de los puntos clave del decreto es que la suspensión de desahucios solo puede aplicarse cuando la vivienda pertenece a grandes tenedores: personas jurídicas (fondos, bancos, empresas) o personas físicas con más de 10 viviendas .
Así, quedan fuera de esta medida la vivienda habitual de un propietario, segundas residencias, viviendas cedidas a familiares, inmuebles ocupados con intimidación o violencia o actividades ilícitas como narcopisos. En todos estos casos, el desahucio no se suspende.
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