21 años después
El Gobierno aprueba la regularización extraordinaria para cerca de medio millón de migrantes: el proceso y fechas clave
Los detalles Los trámites para la regularización arrancarán este jueves 16 de abril de forma telemática y el día 20 de forma presencial. El proceso para solicitar la regilarización terminará el 30 de junio de 2026.

El Consejo de Ministros aprobará este martes el real decreto para la regularización de las personas migrantes que viven en España sin papeles, con el que planea dar permiso de residencia y trabajo a alrededor de medio millón de personas. El pasado viernes, el Consejo de Estado remitió al Ejecutivo su dictamen sobre este texto; en los últimos días, el Gobierno ha estado trabajando para pulirlo en base a sus consideraciones y el plan es aprobarlo por fin este martes.
En una carta a la ciudadanía, el presidente del Gobierno Pedro Sánchez, ha defendido que "esta regularización es, ante todo, un acto de normalización", un "acto de justicia" con la propia historia de España. También "una necesidad". "Sin nuevas personas trabajando y cotizando, nuestra prosperidad se frena, nuestra capacidad de innovar se debilita y nuestros servicios públicos (sanidad, pensiones, educación) sufren", ha añadido en la misiva.
Los trámites para la regularización arrancarán este jueves 16 de abril de forma telemática y el día 20 de forma presencial, según ha adelantado la Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en una entrevista en la Ser. Las citas para acudir presencialmente a las oficinas para realizar los trámites podrán solicitarse también a partir de este jueves. El plazo para solicitar la regularización terminará el 30 de junio de 2026.
La ministra también ha lanzado un mensaje de tranquilidad a las personas que podrán beneficiarse de este proceso y ha asegurado que habrá tiempo de tramitar todas las solicitudes "vengan las que vengan".
Los requisitos para beneficiarse de la regularización serán encontrarse en situación irregular, estar en España desde antes del pasado 1 de enero y haber acumulado cinco meses de residencia en el país de forma ininterrumpida.
No obstante, esta regularización deja fuera a los solicitantes del estatuto de apátrida. La ministra lo ha explicado en que estas personas no se encuentran en situación irregular y disponen de un estatuto específico en base a su situación. Lo que no significa, ha precisado, que haya "desprotección" o se vaya a dar la espalda a este colectivo, al igual que el proceso que se aprueba este martes no está dirigido a los ciudadanos ucranianos que huyeron de la guerra porque estos cuentan con el mecanismo de protección temporal.
En España antes del 1 de enero y 5 meses de residencia
Fue el 26 de enero cuando el Gobierno anunció que aprobaría esta medida, que supondrá un antes y un después en la vida de cientos de miles de personas al recoger el espíritu de la iniciativa legislativa popular que llegó al Congreso avalada por más de 600.000 firmas y después quedó bloqueada por falta de acuerdo político.
El texto ha pasado por varios borradores y ha estado sujeto a cambios hasta el último momento, como los llevados a cabo a raíz del dictamen del Consejo de Estado. Lo que previsiblemente se mantendrá en el texto es que la medida beneficiará a todas las personas migrantes que hayan llegado a España antes del pasado 1 de enero y, en el momento de su solicitud, puedan demostrar que llevan en el país cinco meses, así como los solicitantes de asilo que hubieran hecho su petición antes de la misma fecha.
Las solicitudes podrán empezar a realizarse desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) hasta el próximo 30 de junio.
La cuestión de los antecedentes penales
Aunque, en términos generales, el dictamen del Consejo de Estado avaló la medida por su potencial integrador y los beneficios que supondrá para el conjunto del país, también hizo algunas observaciones para mejorar el texto, una de ellas sobre la flexibilidad que ofrece para acreditar la ausencia de antecedentes penales.
El borrador recogía que, de forma excepcional, si un potencial beneficiario no consigue su certificado de antecedentes penales en el plazo de un mes, lo podrá recabar el Gobierno de España y, si este no lo consigue en otro mes, bastará con aportar una declaración responsable del interesado.
Sin embargo, el órgano consultivo advirtió que la fórmula de la declaración responsable resulta "inadecuada" para un proceso que afectará a un número muy elevado de personas y permite "relajar injustificadamente la diligencia que cabe razonablemente exigir a los beneficiarios de ese proceso".
Compatibilidad con el proceso de asilo
Otro aspecto cuestionado por el Consejo de Estado fue el hecho de que, según el texto del Gobierno, cuando un solicitante de asilo pida la regularización, su procedimiento de protección internacional quedará suspendido, algo que el órgano consultivo ha desaconsejado. El dictamen también dedicó una de sus observaciones a las personas solicitantes del estatus de apátrida, a los que sugiere dejar fuera del proceso.
Y recomendó endurecer la exigencia de aportar un informe emitido por entidades sociales para demostrar que la persona interesada en beneficiarse de la medida se encuentra en una situación de vulnerabilidad, eliminando la presunción que el Gobierno establecía en el borrador de que todas las personas que no tienen papeles se encuentra en situación de vulnerabilidad.
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