Prisión provisional

Ábalos dejará de ser diputado tras entrar en prisión y podría recibir una indemnización de 55.000 euros

Los detalles Con la entrada en Soto del Real dejará de cobrar su sueldo, pero si renuncia a su acta de diputado, recibirá una indemnización por cese por los 17 años en el cargo.

Ábalos podría recibir 55.000 euros de indemnización por dejar su acta de diputado.
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José Luis Ábalos se ha convertido este miércoles en el primer diputado en entrar en la cárcel estando en pleno ejercicio de su cargo. El juez del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha decretado su prisión provisional por el riesgo de fuga "extremo" en el caso de las mascarillas. La cuestión ahora es qué pasa con su cargo en el Congreso de los Diputados y cuál será la indemnización que reciba si deja su acta.

En primer lugar, desde que ha puesto un pie en Soto del Real, ha perdido sus funciones como diputado. Dejará así de cobrar su sueldo (recibía algo más de 3.000 euros brutos mensuales y 2.000 euros brutos más de dietas), no podrá presentar iniciativas parlamentarias y tampoco votar cualquier decisión que se tome en la Cámara Baja. Lo que sí mantendrá será su acta de diputado, porque es personal.

Queda en su mano renunciar al acta o mantenerla, según la estrategia económica que quiera seguir. ¿Por qué? Porque si cesa, podrá solicitar la indemnización por cese, pero si se mantiene como diputado, además de no recibirla, también dejará de percibir su sueldo y durante todo el proceso judicial ha reiterado que ese salario es su único ingreso.

La indemnización por cese es algo similar al paro para el resto de la ciudadanía y los diputados cuentan con ella porque cuando vuelven al mercado laboral puede haber régimen de incompatibilidades en algunos puestos.

A Ábalos le correspondería un mes de sueldo por cada año como diputado en el Congreso. En su caso sumarían 17, por lo que, de solicitarla, recibiría unos 58.000 euros brutos.

Aunque la pida, la decisión de darle indemnización tiene que pasar por la Mesa del Congreso. No obstante, fuentes parlamentarias han declarado a laSexta que en principio no hay motivos para negársela, aunque esté en la cárcel una vez, eso sí, que deje el acta.

El Congreso inicia los trámites para suspenderle

Por su parte, la Cámara Baja se ha dirigido ya al Tribunal Supremo para que confirme la decisión de enviar a prisión a Ábalos y así poner en marcha el procedimiento para suspenderle de los derechos que tiene como diputado del Grupo Mixto, incluyendo el sueldo y el voto.

De entrada, la Presidencia del Congreso ha remitido un oficio al Supremo para que certifique la decisión "y el auto de procesamiento o equivalente", con el fin de iniciar el trámite para el acuerdo de Mesa de suspensión, según el artículo 21.2 del Reglamento del Congreso.

Se aplicará de forma automática ese segundo apartado del artículo 21, donde se señala que "los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta".

Según la interpretación de los letrados, esta previsión es aplicable a Ábalos porque, al tratarse de un procedimiento abreviado, "no existe como tal" el auto firme de procesamiento que se menciona como requisito. Su aplicación será automática, sin necesidad de debate en la Mesa del Congreso.

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