Audiencia Provincial de Madrid
La Justicia archiva la causa contra Nacho Cano por los becarios del musical Malinche
Los detalles Los magistrados toman esta decisión al entender que los imputados no trataron de introducir a los ciudadanos mexicanos que vinieron a España a representar el musical "de forma clandestina".

Resumen IA supervisado
La Audiencia Provincial de Madrid ha archivado la causa contra Nacho Cano por falta de indicios de delitos, al no encontrar pruebas de que intentara introducir irregularmente a jóvenes en España para trabajar en su musical 'Malinche'. Los magistrados han estimado parcialmente el recurso de Cano y han sobreseído provisionalmente la investigación. Consideran que los investigados no intentaron introducir clandestinamente a ciudadanos mexicanos, sino que usaron un proceso común de entrada como turistas para luego solicitar un visado de estudiante. La Sala concluye que, aunque el procedimiento puede no ser el más adecuado, no constituye un delito de tráfico ilegal de personas.
* Resumen supervisado por periodistas.
La Audiencia Provincial de Madrid ha archivado la causa abierta contra el productor musical Nacho Cano ante la "falta de indicios racionales" de delitos, al considerar que no trató de introducir irregularmente en el país a jóvenes que trabajaron como becarios en su musical 'Malinche'.
Los magistrados de la sección primera de la audiencia madrileña han estimado parcialmente el recurso de Nacho Cano y el resto de los investigados, y han acordado el sobreseimiento provisional de la investigación que dirigía el Juzgado de Instrucción 19 de Madrid.
Los magistrados, en el auto al que ha tenido acceso laSexa, señalan que entienden que los investigados "no han tratado de introducir a los ciudadanos mexicanos de forma clandestina con una presunta entrada como turistas con la intención de permanecer en España con infracción de las normas de extranjería, sino siguiendo un procedimiento no poco común consistente en entrar como turista sin necesidad de visado y, una vez en nuestro país, solicitar el visado para estudiantes".
Una práctica que han dejado claro que está "asumida por la normativa de la Unión Europea".
En la misma línea, la Sala establece que "no se trata de falsear su entrada en España para una permanencia ilegal, pues el propósito era conseguir el permiso necesario que, si bien fue denegado, la razón no fue por dicha entrada".
De esta forma, inciden en que el procedimiento "puede o no ser el adecuado", pero no llega a integrar "la gravedad del tipo penal del artículo 318 bis", que castiga el tráfico ilegal de personas.