tiroteo en Huelva

El jurado declara no culpable a 'El Baba' de matar a su cuñado al considerar por unanimidad que actuó en legítima defensa

Los detalles El veredicto declara probado que efectuó disparos contra su otro cuñado, hermano del fallecido, en un tiroteo previo al momento en el que se produjo el crimen y, por tanto, es autor de un delito de homicidio en grado de tentativa y otro de tenencia ilícita de armas.

El jurado declara no culpable a 'El Baba' de matar a su cuñado por actuar en defensa propia El jurado declara no culpable a 'El Baba' de matar a su cuñado por actuar en defensa propiaAgencia EFE

El jurado popular encargado de enjuiciar el tiroteo ocurrido el 10 de septiembre de 2024 en la barriada de El Torrejón de Huelva ha emitido su veredicto, declarando a M.S., alias 'El Baba', "no culpable" de la muerte de su cuñado R.M., al considerar por unanimidad que actuó en legítima defensa.

La lectura del veredicto ha tenido lugar la noche de este jueves después de toda una jornada de deliberación, ya que los miembros del jurado recibieron el objeto del mismo esta mañana una vez que en la jornada de este miércoles concluyera la práctica de la prueba en juicio y las distintas partes expusieran sus informes finales, según ha informado EFE.

En base a esa prueba, los miembros del jurado consideran probado que el principal acusado acabó con la vida de su familiar, pero aprecian la eximente completa de legítima defensa porque entienden que su actuación fue "la única posible debido a la gravedad y velocidad de los hechos".

Asimismo, el veredicto declara probado de forma unánime que M.S. efectuó disparos contra su otro cuñado, L.M., hermano del fallecido, en un tiroteo previo al momento en el que se produjo el crimen y, por tanto, es autor de un delito de homicidio en grado de tentativa y otro de tenencia ilícita de armas.

Por otro lado, el tribunal popular ha dado por demostrado que la víctima, R.M., acudió armada al lugar de los hechos, la vivienda de 'El Baba', algo que sustentan en el hallazgo de su ADN en un cuchillo hallado en el portal de dicha vivienda.

En lo relativo a la participación de L.M. en los hechos, el jurado, en contra de lo que este ha mantenido en el juicio, ha considerado probado que este abrió fuego desde el interior de su vehículo, respaldando esta conclusión en los informes periciales que confirmaron el hallazgo de restos de pólvora y municiones en el interior del automóvil.

Esos disparos iban dirigidos contra M.S. que no resultó herido, pero sí causaron lesiones a una persona que estaba junto a este, por tanto se le considera autor de dos delitos de homicidio en grado de tentativa y de un delito de tenencia ilícita de armas.

Tras la emisión de este veredicto por parte del tribunal del jurado, el magistrado-presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva procederá a redactar y dictar la sentencia correspondiente en un plazo máximo de cinco días.

En declaraciones a los medios de comunicación tras conocer el veredicto, el abogado de L.M., Rafael Villegas, ha mostrado su contrariedad por una decisión que condena a su cliente a más pena que a M.S tras quedar exento de responsabilidad por la muerte de R.M.

Así, a la espera de conocer la sentencia, ha adelantado que la pena para M.S. sería de nueve años, y para su cliente de 14, por lo que su valoración con relación a la decisión del jurado no puede ser más que negativa: "No estamos conformes, vamos a esperar a la sentencia y la recurriremos".

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