Entra hoy en vigor
El Supremo rechaza la suspensión urgente del decreto de regularización de migrantes
El contexto El Boletín Oficial del Estado publicó ayer el real decreto para facilitar la regularización extraordinaria de alrededor de medio millón de migrantes en unos pocos meses, un texto que ha entrado en vigor hoy, fecha desde la que se pueden tramitar las solicitudes.

Resumen IA supervisado
El Tribunal Supremo ha rechazado la suspensión urgente del real decreto que permitirá la regularización de medio millón de migrantes, solicitada por la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha decidido tramitar el incidente por el procedimiento ordinario, dando un plazo de 10 días para alegaciones al Gobierno. El decreto, publicado en el Boletín Oficial del Estado, ya está en vigor y busca regularizar a migrantes en situación irregular que residan en España desde antes del 1 de enero y que hayan acumulado cinco meses de residencia. El plazo de solicitudes estará abierto hasta el 30 de junio.
* Resumen supervisado por periodistas.
El Tribunal Supremo ha rechazado este jueves la suspensión urgente del real decreto que facilitará la regularización de medio millón de migrantes, pedida por la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictado un auto en el que desestima la medida cautelarísima de suspensión sin previa audiencia de las partes, porque no concurren circunstancias de especial urgencia y, en su lugar, acuerda tramitar este incidente por el procedimiento ordinario, dando un plazo de alegaciones de 10 días al Gobierno a través de la Abogacía del Estado.
Se trata del primer asunto que tramita el Supremo en relación a la regularización de inmigrantes, una vez que varios gobiernos autonómicos del PP ya han anunciado que recurrirán el real decreto.
La Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica interpuso este miércoles un recurso contra el real decreto con "expresa referencia a un proceso extraordinario de regularización de personas extranjeras en España" y pidió su suspensión inmediata "por concurrir circunstancias de especial urgencia". Pero el alto tribunal entiende en su auto que "no se acredita la concurrencia de las circunstancias de especial urgencia".
Explica que "bastaría con la entrada en vigor de una norma al día siguiente de su publicación para apreciar la urgencia", por eso "es evidente que la urgencia no puede derivar de la fecha de entrada en vigor de una disposición, sino de que exista una situación que aconseje la adopción de la medida a la mayor brevedad".
Igualmente, deja claro que "la urgencia debe apreciarse en cada caso, teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes de carácter objetivo, sin que la mera opinión de la parte sobre la forma en que va a desarrollarse un procedimiento sea un criterio a considerar para valorar la urgencia".
Y añade que "precisamente por establecer el real decreto unos procedimientos -entre ellos, autorizaciones de residencia temporal a personas extranjeras por circunstancias excepcionales- con sus plazos y trámites, no puede apreciarse una situación de urgencia, ni el riesgo de que se produzcan situaciones consolidadas irreversibles por tramitar la medida cautelar en la forma ordinaria".
La regularización extraordinaria de migrantes entra en vigo
El Boletín Oficial del Estado publicó ayer el real decreto para facilitar la regularización extraordinaria de alrededor de medio millón de migrantes en unos pocos meses, un texto que ha entrado en vigor hoy, fecha desde la que se pueden tramitar las solicitudes.
El Consejo de Ministros aprobó el martes el real decreto para la regularización de las personas migrantes que viven en España sin papeles, con el que planea dar permiso de residencia y trabajo a alrededor de medio millón de personas.
El plazo de solicitud se abre este jueves 16 de abril, con el inicio de la tramitación de solicitudes telemáticas. Para la vía presencial, el sistema de cita previa a través de la web se habilitará también este mismo día, aunque se comenzará a atender presencialmente a partir del lunes 20 de abril. El plazo de solicitudes para ambas vías estará abierto hasta el 30 de junio.
Los requisitos para beneficiarse de la regularización serán encontrarse en situación irregular, estar en España desde antes del pasado 1 de enero y haber acumulado cinco meses de residencia en el país de forma ininterrumpida. Asimismo, podrán optar a él todos aquellos solicitantes de asilo que hayan presentado su solicitud hasta el 31 de diciembre de 2025.
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