El Pleno del Senado aprobó este miércoles de forma definitiva una proposición de ley que dota de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca (Murcia), con lo que se convierte en el primer ecosistema europeo en contar con derechos propios.

La iniciativa contó con 230 votos a favor, 3 en contra (de Vox) y 30 abstenciones (ERC, PNV, Junts y EH Bildu). Además, la propuesta de veto presentada por Vox contó con 258 votos en contra, tres a favor y una abstención. Y la única enmienda que continuó viva hasta el Pleno del Senado, presentada por el PP para que se incluya a la Universidad Politécnica de Murcia en la relación de entidades que formarán el Comité Científico de la Tutoría del Mar Menor, tuvo 137 rechazos, 105 apoyos y 21 abstenciones.

Por tanto, el texto aprobado fue el mismo que el remitido por el Congreso de los Diputados, con lo que solo queda su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), momento en el que entrará en vigor.

La proposición de ley supone dar luz verde a una normativa pionera en toda Europa, pues ningún ecosistema natural del continente tiene tal estatus, lo que sí ocurre con ríos en Colombia, Ecuador, India y Nueva Zelanda. Parte de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) formada por cerca de 640.000 firmas, entregadas en octubre del año pasado a la Junta Central Electoral como paso previo a que pueda convertirse en un texto legal.

El Mar Menor sufrió un episodio de ‘sopa verde’ en 2016 y otros de mortandad masiva en 2019 y 2021. La ILP parte de un estudio de la Clínica Jurídica de la Universidad de Murcia realizado en el curso académico 2019-2020, que abrió la puerta a que el Mar Menor cuente con personalidad jurídica y derechos propios. Esa propuesta tuvo un primer respaldo del Ayuntamiento de Los Alcázares en julio de 2020, pero no fue acogida por la Asamblea Regional de Murcia. Los promotores iniciaron la recogida de firmas para convertirla en una ILP.

La iniciativa pretende declarar la personalidad jurídica de la laguna del Mar menor y de su cuenca, que se reconoce como sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y, en su caso, restauración a cargo de los gobiernos y los habitantes ribereños, así como el derecho a existir como ecosistema y a evolucionar naturalmente.

Ello implicaría un límite al ejercicio de otros derechos que pueden deteriorar la laguna, como el derecho a la propiedad, la libertad de empresa y el desarrollo económico. Cualquier persona física o jurídica estaría legitimada para la defensa del ecosistema del Mar Menor.

Para ello, habría una representación y gobernanza con tres figuras que formarían la Tutoría del Mar Menor: un Comité de Representantes, una Comisión de Seguimiento y un Comité Científico.

Cualquier conducta que vulnere derechos reconocidos y garantizados implicará responsabilidad penal, civil, ambiental y administrativa, y será perseguida y sancionada de conformidad con las normas penales, civiles, ambientales y administrativas en sus jurisdicciones correspondientes. Así, cualquier persona podrá acudir a los tribunales para exigir la reparación de daños en la laguna.

Así, podrían impedirse actividades urbanísticas, agrícolas, ganaderas o mineras que deterioren el ecosistema. La norma no tendrá efectos retroactivos sobre los daños ya causados a la laguna.