El regulador europeo de datos acordó extender una prohibición impuesta por Noruega a la "publicidad conductual" en Facebook e Instagram para cubrir los 30 países de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo, según recoge en un comunicado. De esta forma, Meta no podrá usar datos personales para hacer publicidad basada en el comportamiento de los usuarios europeos.
La prohibición de este tipo de publicidad es un revés para el gigante tecnológico estadounidense Meta Platforms (META. O), el propietario de los dos servicios de redes sociales, que recientemente había adelantado que daría a los usuarios de la UE y el EEE la oportunidad de dar su consentimiento, y que ofrecería, en noviembre, un modelo de suscripción para cumplir con los requisitos regulatorios. "Los miembros del CEPD han estado al tanto de este plan durante semanas y ya estábamos plenamente comprometidos con ellos para llegar a un resultado satisfactorio para todas las partes", dijo un portavoz de la compañía.
En caso de no acatar la prohibición, Meta corre el riesgo de ser multada con hasta el 4% de su facturación global, recoge Reuters. La decisión del Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB, por sus siglas en inglés) se materializa en una instrucción al regulador de datos de Irlanda, donde se encuentra la sede europea de Meta, para imponer una prohibición permanente del uso de publicidad conductual, dijo el EDPB en un comunicado a Reuters.
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La prohibición del tratamiento entrará en vigor una semana después de la notificación de las medidas definitivas por parte de IE SA al responsable del tratamiento, que fue entregada el pasado 31 de octubre. Por su parte, la presidenta del CEPD, Anu Talus, recordó este miércoles que la entidad ya declaró ilegal esta práctica de Meta en 2022. "Se ha constatado que Meta no ha demostrado el cumplimiento de las órdenes impuestas a finales del año pasado. Ya es hora de que Meta cumpla con su procesamiento y detenga el procesamiento ilegal", añadía.
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