Desde ahora, en Estados Unidos existe el derecho a discriminar. Todo se debe a una mujer, Lori Smith, una católica evangelista propietaria de una empresa que diseña páginas webs.
Hace siete años, decidió denunciar al estado donde vive, Colorado, de forma preventiva: quería aclarar que si un día una pareja gay le pedía que les hiciese una pagina web para anunciar su boda, ella podría negarse.
Desde el 2016, todos los tribunales le dijeron que no tenía razón, que no podía negarse a hacer una web a una pareja por el simple hecho de ser gay. Pero el caso ha llegado a la Corte Suprema, donde hay una mayoría muy conservadora, y es precisamente esa mayoría la que ahora le ha dado la razón. Ella llama a este derecho a discriminar según la orientación sexual "libertad de expresión".
Esta sentencia no se aplicará a todo el mundo, sino a los que denominan 'trabajos creativos'. Por ejemplo, un fotógrafo sí podría negarse a hacer fotos a una pareja gay, pero un panadero no podría negarse a venderles pan.
Hay precedentes: no es la primera vez que la Corte Suprema avala estas discriminaciones. Hace cinco años, un pastelero, también de Colorado, rechazó hacer una tarta nupcial a una pareja homosexual. La pareja le denunció, pero el panadero acabó ganando.
El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, ha mostrado su "preocupación" a través de un comunicado: "Me preocupa profundamente que la decisión conlleve una mayor discriminación contra los estadounidenses del colectivo LGTBI".
La duda es si podrían ir aún más allá. ¿Qué pasará ahora con las leyes que evitan discriminar a la gente por su edad, raza, religión, identidad de género? ¿Se permitirá también a las empresas 'creativas' discriminar a los ciudadanos por estos motivos? ¿Podrá otra creadora negarse a diseñar la web de una persona negra? ¿Podrá otro pastelero vetar hacer tartas a un judío?
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