Sanción de la Mesa

El Congreso retira la acreditación de prensa al agitador ultra Vito Quiles durante tres meses

Los detalles La Mesa da por probada la comisión de dos infracciones graves del agitador ultra en su actividad en el Congreso. Por un lado señalan que grabó imágenes sin autorización, las publicó en redes sociales y realizó preguntas que incumplen el reglamento de la Cámara.

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La Mesa del Congreso suspende la acreditación de Vito Quiles por tres meses al considerar probado por parte de los letrados que el pasado 11 de diciembre grabó imágenes sin la preceptiva autorización de la Cámara y las publicó en redes sociales vulnerando lo dispuesto en el Reglamento y considerándose faltas graves.

El instructor concluye hechos probados el expedientado grabó imágenes y realizó preguntas en contradicción con lo dispuesto por el artículo 98 del Reglamento de la Cámara y el Acuerdo de la Mesa de 2 de septiembre de 2025. También se considera probado que el expedientado publicó imágenes obtenidas ilícitamente en una red social.

El instructor concluye que los comportamientos referidos constituyen dos infracciones graves, las recogidas en los subapartados ii y vi del artículo 98.6.b del Reglamento de la Cámara.

La Mesa, de acuerdo con el informe del Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria, considera que las conductas objeto de denuncia causan un grave daño a la institución, pues atentan contra el decoro de la Cámara, perjudican el normal desenvolvimiento de las actividades organizadas en el Congreso y perjudican gravemente el trabajo de los periodistas acreditados, que únicamente desean poder llevar a cabo su labor con libertad y normalidad.

La medida será efectiva desde el momento de su notificación al expedientado.

Por otro lado, la Mesa también ha acordado proponer la suspensión de la acreditación de Bertrand Ndongo por hasta tres meses al considerar probado por parte de los letrados que el pasado 25 de noviembre obstruyó el orden de rueda de prensa e incumplió las instrucciones de quienes coordinaban el acto vulnerando lo dispuesto en el Reglamento y considerándose falta grave.

El instructor considera probado que hubo una alteración en el desarrollo normal de la rueda de prensa, causada por una serie de preguntas formuladas por Ndongo sin que se le hubiese concedido previamente el turno de palabra, y que dichas preguntas se hicieron contra las advertencias expresas y reiteradas de la portavoz del Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar y de la persona que estaba coordinando la rueda de prensa.

También concluye que estas conductas constituirían dos infracciones graves tipificadas en los subapartados ii y v del apartado 6 del artículo 98 del Reglamento del Congreso. Se dan las circunstancias exigidas por la normativa aplicable para imponer una sanción al expedientado.

La Mesa no considera atenuada la gravedad por el hecho de que la rueda prosiguiera, por lo que considera que debe aplicarse sanción de gravedad, y da 15 días al expedientado para que alegue sobre este extremo antes de la resolución definitiva.

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