La Audiencia de Barcelona ha rechazado en un recurso imputar al exdirectivo del Barça Albert Soler por prevaricación y omisión del deber de perseguir delitos, según han confirmado fuentes jurídicas a laSexta. Aun así, la Audiencia sigue advirtiendo de la existencia de delitos de corrupción deportiva y administración desleal, los que el juez instructor, Joaquín Aguirre, aprecia desde el comienzo de la instrucción junto al de falsedad documental.

En concreto, la Audiencia destaca que, a la vista del relato fáctico que se ofrece como objeto de investigación, los hechos "podrían tener encaje en un delito de corrupción en el deporte o, en su caso, un delito de administración desleal", que sanciona a los que, "teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio juridico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas, y de esta manera causen un perjuicio al patrimonio administrado".

"A priori, la ilegítima extracción de los fondos del club para finalidades diversas a los objetivos de la entidad, podría tener cabida en el delito de administración desleal, definido en el artículo 252 del Código Penal", explican los magistrados de la Sección 21 de la Audiencia de Barcelona.

Del mismo modo, señalan que "resulta efectivamente poco congruente que se exija de quien es precisamente investigado por la comisión de los unos hechos indiciariamente delictivos, y que tuvieron lugar (parte de los que se le atribuyen) con ocasión del desempeño de su cargo en su condición de directivo en el Fútbol Club Barcelona, que se investigue si ha incumplido su deber de denunciar estos mismos hechos o de depurar responsabilidades por su comisión".

Esta valoración es la misma que incluyó en otros autos, como el que confirmó que el Real Madrid ejerza la acusación particular en la causa por su condición de perjudicado.