Elecciones generales 29N

¿Desde cuándo se puede pedir el voto por correo para las elecciones generales del 29 de noviembre?

Pedro Sánchez ha adelantado las elecciones generales, previstas inicialmente para el verano de 2027, al invierno de 2026. Los comicios se celebran el 29 de noviembre, ¿pero cuándo se puede solicitar el voto por correo?

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Elecciones en el horizonte cercano. El adelanto electoral ha estado planeando sobre el Gobierno durante meses, hasta que este lunes, Pedro Sánchez ha anunciado la disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre. Porque después de una semana compleja, en la que el Gobierno ha tratado sin éxito de sacar adelante sus decretos de vivienda, ha reconocido que el Ejecutivo necesita "renovar y ampliar el apoyo de la gente" para "acometer en profundidad las reformas pendientes".

Así, desde este lunes quedan 55 días para la cita electoral, cuya convocatoria se publicará el martes 6 de octubre en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El calendario electoral queda regulado por la Ley Orgánica de Régimen Electoral (LOREG), que prevé todos los plazos de celebración de comicios. Y entre todos los hitos que tienen lugar durante estos meses, hay uno que es relativamente importante para la participación: la solicitud del voto por correspondencia.

En España existen diferentes maneras de participar en el proceso electoral, tanto de manera presencial como a distancia. Los residentes inscritos en el censo de electores residentes ausentes (CERA) siguen un proceso, pero los residentes en España que se encuentren en el exterior de manera temporal (por un viaje o por estudios, por ejemplo) existe otro, el del voto por correo. A este tipo de modalidad de voto pueden adscribirse todo tipo de electores, pero han de seguir un proceso, que parte con la solicitud del voto por correo, que se realiza incluso antes de saber quién se presenta a los comicios y con qué formatos.

Concretamente, para las elecciones generales del 29 de noviembre, los electores podrán empezar a pedir el voto por correo desde el martes 6 de octubre, tal y como prevé la LOREG en su artículo 72: "El elector solicitará de la correspondiente Delegación, a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el décimo día anterior a la votación, un certificado de inscripción en el censo", solicitud que se puede presentar ante cualquier oficina de Correos.

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