El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cinco meses de prisión a un ganadero que infectó con brucelosis a sus vacas en Lugo para cobrar la indemnización por su sacrificio.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, que rechaza el recurso del ganadero contra la resolución de la Audiencia de Lugo que le condenó por un delito intentado de estafa.

La sentencia declara que el brote de la enfermedad fue provocado por el ganadero, que inoculó cepas vivas de brucelosis en dos vacunas (S19 y Rev1), cuyo uso está prohibido desde 1988, para que los servicios de inspección de la Xunta de Galicia detectasen la bacteria en su explotación ganadera en Castro de Rei (Lugo).

Y así fue como durante la campaña de saneamiento de octubre de 2012, los servicios de inspección detectaron la enfermedad, que era el objetivo del ganadero, para acceder a las indemnizaciones como consecuencia del sacrificio obligatorio de ganado en ejecución de los programas de lucha, control y erradicación de enfermedades.

Las primeras pruebas detectaron que la infección afectaba a 70 reses pero siguiendo los protocolos de sanidad animal se acordó sacrificar a las 144 vacas de la explotación, e iniciar el proceso de indemnización que oscilaba entre 132.000 y 150.000 euros.

Mientras tanto, la Consellería inició una serie de actuaciones para controlar el supuesto brote de brucelosis pues se trataba de una infección masiva, cuando en los dos últimos años no se había identificado ningún animal con esa enfermedad en la región.

Las primeras investigaciones ya encendieron las alarmas pues el resultado de los análisis "induce a pensar que no se trata de una infección natural", por lo que los sueros se enviaron a otros dos laboratorios más, entre ellos, al Laboratorio Central de Sanidad Animal de Santa Fe (Granada) que es el centro nacional de referencia para la brucelosis bovina en España.

Sus informes concluyeron que las cepas de brucelosis halladas en las vacas correspondían con las dos vacunas, prohibidas en España.

Además de la pena de prisión, la Sala le impone una indemnización de 22.475 a la Xunta de Galicia, que fue el coste de la investigación llevada a cabo, y una multa de 900 euros.