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CON CARÁCTER GENERAL

La Comunidad de Madrid aprueba la jornada partida en los colegios públicos, que tendrá que ser refrendada por el Consejo Escolar

En qué consiste Se establecerán dos turnos, de mañana y tarde, separados entre sí por un descanso de dos horas. Esto deberá ser aprobado por el Consejo Escolar de cada centro antes del 15 de marzo de cada año.

Imagen de archivo de un aula de Infantil de un colegio de la Comunidad de Madrid Imagen de archivo de un aula de Infantil de un colegio de la Comunidad de Madrid laSexta
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La Comunidad de Madrid ha aprobado la jornada partida en los colegios públicos de Infantil, Primaria y Educación Especial. Este decreto dividirá el horario en dos sesiones, de mañana y tarde, que estarán separadas por un descanso de dos horas. Según ha explicado el Ejecutivo de Díaz Ayuso, la medida busca favorecer el rendimiento en las aulas y la conciliación de las familias.

El portavoz del Gobierno regional, Miguel Ángel García Martín, ha explicado que el texto determina que la jornada lectiva se organizará, con carácter general, en dos sesiones, pero se mantendrá la opción continuada durante los meses de septiembre y junio. De esta forma, los colegios públicos que lo deseen podrán tramitar y aprobar el cambio de su jornada escolar al turno partido, algo que, desde su punto de vista, facilita y simplifica que la comunidad educativa y las familias de los alumnos puedan activarla de manera sencilla y con todas las garantías.

Asimismo, García Martín ha apuntado que la iniciativa deberá partir de al menos un tercio del Consejo Escolar del centro, formado por padres, profesores, personal de administración y servicios y representantes municipales. El procedimiento contemplará consultas al claustro y a este órgano de participación, así como a las familias, e incluirá una votación, presencial o telemática, en la que será necesario que la mayoría de los votos emitidos resulte favorable.

Tras confirmarse el escrutinio, el presidente del Consejo Escolar informará de su resultado al claustro y a los miembros del órgano, y el director lo trasladará a la Dirección de Área Territorial correspondiente. Será su titular quien autorice el cambio, previo informe del Servicio de Inspección Educativa y atendiendo a criterios organizativos, pedagógicos y de conciliación familiar.

No obstante, en unas declaraciones recogidas por 'Servimedia', el portavoz del Gobierno regional ha remarcado que todo este proceso deberá realizarse antes del 15 de marzo de cada año, con el objetivo de que los centros puedan adoptar las disposiciones necesarias para empezar a aplicar la jornada partida en el siguiente curso. Por su parte, aquellos centros que ya tuvieran aprobado el horario continuado antes de la entrada en vigor de la norma podrán mantenerlo.

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