Casi siete millones de euros

La Justicia europea multa España por no cumplir a tiempo la directiva sobre el permiso parental retribuido

La letra pequeña Esta sentencia llega tres días después de que el Gobierno apruebe la ampliación de tres semanas en los permisos por nacimiento y cuidado de hijos. Bruselas considera que esta medida ha llegado fuera de plazo.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha condenado a España a pagar una multa de 6.832.000 euros por no transponer en plazo la Directiva europea de conciliación de la vida laboral y familiar, que obliga a los Estados miembros a garantizar a los padres y madres el disfrute de permisos parentales retribuidos.

Esta sentencia llega apenas tres días después de que el Gobierno apruebe la ampliación de tres semanas en los permisos por nacimiento y cuidado de hijos, una medida impulsada por el Ministerio de Trabajo con la que se pretende fomentar la conciliación laboral.

Pese a que esta reforma va en línea con lo exigido por Bruselas, su aplicación ha llegado más tarde del plazo dado por las instituciones comunitarias, por lo que no ha servido para evitar la sanción.

Además, la resolución del TJUE advierte que España debería abonar una multa de 19.700 euros diarios hasta que se complete la transposición de forma efectiva si el incumplimiento persiste.

España llegó tarde

Esta resolución llega después de que la Comisión Europea recurriese en enero del 2024 ante el TJUE tras constatar que España no había integrado las medidas exigidas en la directiva antes de agosto de 2022, la fecha límite indicada en esa orden, en la que se exigía establecer al menos cuatro meses de permiso parental por progenitor, con seis semanas retribuidas en una primera fase, y otras dos semanas más en un segundo plazo que vencía el 2 de agosto de 2024.

Pese a que el Consejo de Ministros adoptó medidas parciales, como el decreto de junio de 2024, Bruselas interpreta que no se cumplió ni en tiempo ni en forma. Además, el TJUE considera que España no notificó adecuadamente los cambios introducidos, lo que contribuyó a la decisión del tribunal de Luxemburgo.