Investigación de la DANA

La jueza de la DANA rechaza citar a declarar a Gabriel Rufián como pedía una de las acusaciones

Entre líneas Pedía que Rufián explicase datos relativos al trozo de una cuerda a la que se agarró una niña que falleció durante la riada y que entregó el lunes a Salomé Pradas.

Gabriel Rufián muestra el trozo de cuerda a la que se aferró la niña fallecida, en la comisión de investigación de la DANA en el Congreso.Gabriel Rufián muestra el trozo de cuerda a la que se aferró la niña fallecida, en la comisión de investigación de la DANA en el Congreso.Europa Press
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La jueza que instruye la causa penal por la gestión de la DANA ha rechazado este viernes la petición formulada por una de las acusaciones personadas de citar al portavoz de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián.

Este diputado fue uno de los que interrogaron a la exconsellera Salomé Pradas en su comparecencia en la comisión de investigación en el Congreso el pasado lunes, y le hizo entrega de un trozo de cuerda que, según dijo, estuvo sujetando a una niña china que finalmente falleció en la riada.

La petición a la jueza para que citase a Rufián como testigo —y a los padres de la menor fallecida— ha sido realizada por la acusación particular que ejerce en la causa Yolanda Garrido, representada por la abogada Pilar Esquinas. Se fundamentaba precisamente en este objeto, en cómo lo obtuvo y quién se lo facilitó, y para que precisase las circunstancias en las que se produjo el fallecimiento del que habló a la consellera.

En su resolución, la jueza instructora Nuria Ruiz Torraba considera que no solo no es necesario que los padres vuelvan a declarar, sino que "no deben".

"Ni la madre ni el padre necesitan que se les cite otra vez, ya vinieron al juzgado. Tampoco precisan clarificar lo sucedido. Los padres fueron testigos de cómo el torrente de agua arrastraba a su hija. Su padre se lanzó a salvarla", indica el auto al que ha tenido acceso laSexta.

Añade además que "tampoco deben explicar, ni su familia ni Gabriel Rufián, por qué dicho trozo de cuerda se encontraba en poder de dicho diputado. Están en su perfecto derecho de entregárselo a quien estimen pertinente. El trozo de cuerda no constituye prueba, su cuerpo fue encontrado. Las circunstancias en las que murió fueron ya narradas, no solo por su familia, sino por una testigo, que resultó lesionada y que, pese a todos sus esfuerzos, no pudo salvarla".

"No hace falta apelar al Estatuto de la Víctima para saber que es absolutamente perjudicial volver a relatar en sede judicial y de manera injustificada lo sucedido. Tampoco hace falta citarlos para preguntarles qué información recibieron antes y durante la DANA, porque la respuesta es sencilla. ¿Para salvar la vida de su hija? Ninguna", sentencia la magistrada en un auto difundido por el TSJCV.

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