Caso Begoña Gómez

La Fiscalía ataca al juez Peinado por "pasar por encima de los profesionales" en su instrucción sobre Begoña Gómez

¿Por qué es importante? Desde el Ministerio Público señalan que Peinado ha mostrado "escasa sensibilidad" con los investigados y llega a decir que ha "podido extralimitarse" durante su instrucción.

El juez Juan Carlos Peinado a su salida de los Juzgados de Plaza Castilla, en una imagen de archivo. El juez Juan Carlos Peinado a su salida de los Juzgados de Plaza Castilla, en una imagen de archivo.laSexta
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El fiscal José Manuel San Baldomero de la Fiscalía Provincial de Madrid ha criticado la instrucción del juez Juan Carlos Peinado del caso Begoña Gómez. En un escrito al que ha tenido acceso laSexta, el fiscal lanza una serie de ataques a Peinado sobre la "celeridad" de su proceso y lanza una afirmación demoledora: "No es deseable ni aceptable pasar por encima de los profesionales".

San Baldomero se refiere al final de la instrucción de Peinado del caso de Begoña Gómez antes de jubilarse, cuando convocó a las partes a la vista preliminar necesaria para abrir juicio oral con jurado con solo un día de antelación.

Este escrito es anterior al emitido por el juez Peinado en el que rechaza repetir la audiencia preliminar porque retrasarla afectaba al "deber de celeridad". Peinado coincide con la Fiscalía en que la ausencia de la investigada en la audiencia preliminar no conlleva "la causación de una indefensión real y efectiva a efectos del artículo 24 Constitución Española".

La Fiscalía no ve "usual, habitual ni normal en los usos conocidos esta precipitación y celeridad en el señalamiento de ciertos trámites (en incluso horarios)", ya que se deja a las partes y profesionales "en situaciones ciertamente extrañas" e incluso "obligando además a intensos y afortunados viajes, que sin embargo no impidieron el retraso en la celebración de la comparecencia ese día 8".

Pero es más, el fiscal habla de que Peinado ha "podido extralimitarse" en su instrucción y ha mostrado "escasa sensibilidad con el resto de intervinientes".

La respuesta de Peinado: rechaza repetir esta audiencia preliminar

Justo antes de jubilarse, el juez Juan Carlos Peinado remitió un escrito en el que rechazaba repetir esta audiencia preliminar porque retrasarla afectaba al "deber de celeridad". El magistrado rechazó el recurso de la defensa de Álvarez y coincide con la Fiscalía en que la ausencia de la investigada en la audiencia preliminar no conlleva "la causación de una indefensión real y efectiva a efectos del artículo 24 Constitución Española".

En este sentido, apunta que señalar la audiencia preliminar para una fecha posterior al día 28 de septiembre de 2026 habría vulnerado "el deber de celeridad" que resulta del art. 30.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Jurado, que en su párrafo 1º señala que, "una vez presentado el escrito de calificación de la defensa, el juez señalará el día más próximo posible para audiencia preliminar de las partes sobre la procedencia de la apertura del juicio oral, salvo que estén pendientes de practicarse las diligencias de investigación solicitadas por la defensa del imputado y declaradas pertinentes".

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