Líderes del procés
El Constitucional notifica la sentencia que avala amnistiar los delitos de malversación del procés
El contexto Este martes el Pleno del Constitucional concedió el amparo a los dirigentes independentistas por la decisión del Supremo de no amnistiar el delito de malversación al entender que hubo "lucro personal". La votación se resolvió por siete fotos a favor frente a cinco.
La exconsejera de la Generalitat de Catalunya, Dolors Bassa, interviene en un actoResumen IA supervisado
El Tribunal Constitucional ha notificado la sentencia que ampara a Dolors Bassa y el voto particular de cinco magistrados conservadores al Tribunal Supremo. El pleno del Constitucional concedió amparo a los dirigentes independentistas tras la decisión del Supremo de no amnistiar el delito de malversación, argumentando que hubo "lucro personal". La votación fue de siete votos a favor y cinco en contra. La ponencia del presidente Cándido Conde-Pumpido sostiene que la decisión del Supremo era contraria a la Ley de Amnistía, limitando su aplicación a delitos relacionados con el procés. Esta decisión afecta también a Carles Puigdemont, aunque no prevé regresar a España hasta la aplicación plena de la amnistía.
* Resumen supervisado por periodistas.
El órgano de garantías del Tribunal Constitucional ha notificado ya la sentencia que ampara a Dolors Bassa y el voto particular de los cinco magistrados conservadores a las partes y al Tribunal Supremo, según han indicado fuentes del Constitucional a laSexta.
Esto tiene lugar después de que este martes el Pleno del Constitucional concediera el amparo a los dirigentes independentistas por la decisión del Supremo de no amnistiar el delito de malversación al entender que hubo "lucro personal". La votación se resolvió por siete fotos a favor frente a cinco.
El Pleno votó la ponencia que el presidente Cándido Conde-Pumpido redactó para el caso de la exconsellera Dolors Bassa, en la que se sostiene que la decisión del Supremo era "manifiestamente contraria al espíritu y finalidad de la Ley".
El texto señala, además, que la interpretación del Supremo "conduce a una drástica contracción de las posibilidades de aplicación de la amnistía a los delitos de malversación cometidos para sufragar las consultas y el proceso independentista en Cataluña" porque no se hizo una interpretación estricta de la Ley de Amnistía sino "una reducción teleológica en tanto que excluye casos comprendidos en el núcleo de la norma".
Llarena necesitaba la sentencia para declarar aplicable la amnistía
Con el amparo del Constitucional al caso de Dolors Bassa, esa decisión es aplicable a todos los demás dirigentes independentistas condenados o imputados por el procés, incluido el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont.
De hecho, en la misma mañana que se conoció la decisión del Constitucional, el magistrado de la Sala Penal del Supremo Pablo Llarena dictó este martes un auto en el que dejaba sin efecto, con carácter inmediato y hasta nueva resolución judicial expresa, las órdenes nacionales de busca y captura y detención del expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont y de los exconsellers Antoni Comin y Lluis Puig.
Además, el juez Llarena levantó las órdenes de detención pero dijo que necesitaba la sentencia para declarar aplicable la amnistía.
Pese al levantamiento de la orden nacional de busca y captura en su contra, según fuentes de Junts a 'EFE', el expresidente catalán Carles Puigdemont no tiene previsto regresar a España hasta que la justicia española aplique plenamente la ley de amnistía.