Hay 29 condenados más
La AN condena a ocho años de cárcel al empresario Marjaliza por las adjudicacones a Cofely en el marco de la trama Púnica
Los detalles El tribunal observa "prácticas corruptas", entre marzo de 2012 y octubre de 2014, para la adjudicación de contratos públicos de eficiencia energética a cambio de sobornos a alcaldes, autoridades y funcionarios de la Comunidad de Madrid.

Resumen IA supervisado
La Audiencia Nacional ha condenado a 29 personas físicas y jurídicas a penas de hasta ocho años y dos meses de cárcel en la pieza seis del caso Púnica, por prácticas corruptas entre 2012 y 2014. Los condenados, incluyendo al empresario David Marjaliza y directivos de Cofely, recibieron penas por delitos como organización criminal, fraude a la Administración y cohecho. La empresa Cofely también fue sancionada económicamente. Varios alcaldes implicados recibieron penas de cárcel o inhabilitación, aunque algunos fueron absueltos. La sentencia revela una trama organizada para obtener contratos públicos mediante sobornos en varios ayuntamientos de Madrid.
* Resumen supervisado por periodistas.
La Audiencia Nacional ha condenado a penas de hasta ocho años y dos meses de cárcel a 29 de las 37 personas físicas y jurídicas que fueron juzgadas en la pieza seis del caso Púnica por llevar a cabo "prácticas corruptas", entre marzo de 2012 y octubre de 2014, para la adjudicación de contratos públicos de eficiencia energética a la empresa Cofely a cambio del pago de sobornos a alcaldes, autoridades y funcionarios de diversos ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
En una sentencia de 611 páginas a la que ha tenido acceso laSexta, los magistrados de la Sección Primera establecen esta condena al empresario y asesor comercial David Marjaliza por delitos de organización criminal, blanqueo de capitales agravado y los delitos continuados de fraude a la Administración pública, prevaricación, continuado de cohecho y falsedad en documento mercantil por particulares, en relación de concurso ideal medial. No obstante, le aplica las atenuantes de confesión tardía, dilaciones de indebidas y reparación del daño.
El fallo también condena a penas de seis años y seis meses de cárcel al entonces director general de Cofely Didier Roger Maurice y al director Comercial Constantino Álvarez por delitos de organización criminal y continuado de fraude a la Administración pública, continuado de prevaricación, continuado de cohecho y falsedad en documento mercantil por particulares, en relación de concurso ideal medial.
Por los mismos delitos y, además por tráfico de influencias, el Tribunal impone una pena de seis años y once meses al que fuera director Comercial de Cofely Pedro García Pérez. A estos tres, al igual que a otros acusados, el Tribunal también les aplica las atenuantes de confesión tardía, dilaciones de indebidas y reparación del daño.
La empresa Cofely, también condenada
Por su parte, la empresa Cofely, como persona jurídica, resulta condenada por delito continuado de cohecho a la pena de tres años y seis meses de multa con una cuota diaria de 2.500 euros por día y por tráfico de influencias en el Ayuntamiento de Parla a otros seis meses de multa con una cuota diaria de 2.500 euros al día, al tiempo que se le absuelve de blanqueo de capitales.
Considera el Tribunal que la prueba practicada ha puesto de manifiesto que el modelo de cumplimiento que la compañía tenía escrito y que había divulgado entre sus empleados, a través de sus canales internos, no fue eficaz para prevenir las actividades corruptas realizadas por varios directivos bajo el liderazgo del director general y que implicaron a varios departamentos, comercial, de compras y de producción durante tres años, al haber fallado los controles de supervisión de dicho cumplimiento.
"En definitiva, lo que resulta de la valoración conjunta de la prueba practicada es que los empleados de Cofely implicados en estos hechos desarrollaron la mecánica delictiva involucrando a varios departamentos de la compañía durante tres años, sin que encontraran ninguna traba, al revelarse como ineficaces las medidas anticorrupción proclamadas formalmente pero que no se desarrollaron en orden a prevenir y detectar estas prácticas corruptas", subraya la sentencia.
Condenas y absoluciones para los alcaldes implicados
En el caso de los alcaldes bajo cuyo mandato se adjudicaron los contratos de eficiencia energética objeto de enjuiciamiento, la Audiencia condena al exalcalde de Parla a José María Fraile Campos a dos años de cárcel como autor de un delito de fraude, prevaricación y cohecho en relación de concurso ideal medial, así como a otros cuatro meses y quince días de cárcel por tráfico de influencias.
En el caso del exalcalde de Torrejón de Velasco Gonzalo Cubas la Sala le condena tres años de inhabilitación especial por delito de prevaricación, mientras que para el de Moraleja de Enmedio Carlos Alberto Estrada Pita, se establece la de cuatro años y seis meses de prisión como autor de un delito de prevaricación en concurso medial con otro de cohecho.
También resulta condenado el exregidor de Villalba Agustín Juárez López de Coca, como autor de un delito de fraude a la Administración Pública, un delito de prevaricación y un delito de cohecho, todos ellos en relación de concurso ideal medial, con la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de 4 años y 6 meses de prisión.
La sentencia condena igualmente Daniel Ortiz Espejo, exalcalde de Móstoles, a tres años de prisión como autor de un delito de cohecho y a doce meses de multa, con una cuota diaria de 20 euros, por un delito de revelación de información reservada. Al exalcalde de Serranillos del Valle, Antonio Sánchez Fernández, la Sala le impone una pena de casi tres años de cárcel por fraude, prevaricación, cohecho, y tráfico de influencias.
Por el contrario, tras examinar la prueba, los magistrados absuelven de los delitos de los que estaban acusados a los exalcaldes de Almendralejo José García Lobato y de Valdemoro José Carlos Boza Lechuga.
Organización criminal y trama organizada para lograr contratos públicos
Según relata la sentencia, entre marzo del 2012 y octubre del 2014, los acusados de Cofely y David Marjaliza, con su grupo de sociedades instrumentales y testaferros, actuaron como una organización criminal con una planificación integral, con vocación de permanencia e interviniendo en los ayuntamientos implicados con el fin de obtener la adjudicación de contratos de eficiencia energética en dichas entidades locales, por lo que participaba en varios concursos a la vez, en los que ofrecía o aceptaba acuerdos de corrupción con las autoridades y técnicos que adjudicaban.
En esta tarea se involucraron los acusados, entre organizadores y partícipes, que ejecutaron varios roles y tareas, que se desplegaban como esferas o círculos concéntricos de actividad, siguiendo una secuencia temporal continuada. Asimismo, la Sala confirma la existencia de una trama organizada entre varios directivos de Cofely y el empresario Marjaliza dirigida a la consecución de contratos públicos a cambio de pago de sobornos.
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