Tribunales

Begoña Gómez recurre la decisión del juez Peinado de llevar su proceso ante un jurado popular

Los detalles En un escrito al que ha tenido acceso laSexta, la defensa de Begoña Gómez pide que anule la decisión de llevar el proceso ante un jurado popular. Niegan que exista cualquier indicio de tráfico de influencias, corrupción entre particulares o malversación.

Begoña GómezBegoña GómezAgencia EFE
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La defensa de Begoña Gómez ha recurrido la decisión del juez Juan Carlos Peinado de transformar las actuaciones en procedimiento ante el jurado, al considerar que no hay indicios de los delitos que se le atribuyen. Los abogados de la esposa del presidente señalan en el escrito al que ha tenido acceso laSexta, que el juez investiga a Gómez por ser la mujer de Pedro Sánchez y que considera cuestiones "anecdóticas" como relevantes.

Insisten así en que la actividad profesional de Begoña Gómez era el ámbito de la consultoría desde años antes. "Ya tenía actividad docente desde muchos años antes, incluso antes de 2014 ya que su vínculo con la UCM comienza con un Curso técnico en 2012", explican. "No fue el cambio institucional de su cónyuge lo que llevó a ampliar su actividad docente sino su experiencia previa", añaden echando abajo un posible delito de tráfico de influencias.

El escrito describe además la incomprensión de los abogados en cuanto a un posible delito de corrupción entre particulares. "No llegamos a entender que la captación de fondos que tiene por destinatario a una Universidad Pública pueda estimarse que constituye el delito de corrupción en los negocios", ya que, según ellos, ese artículo tipifica conductas de corrupción activa y pasiva en la adquisición o venta de mercancías, en la contratación de servicios o en las relaciones comerciales con entidades privadas.

"No existe ningún indicio que ponga de manifiesto cualquier irregularidad en la conducta desarrollada por mi representada, pero, aunque los hubiera difícilmente tendrían encaje en esta figura", insisten.

También rechazan los indicios de intrusismo profesional y el delito de apropiación indebida, así como los indicios de malversación. Defienden que la presencia de la asistente de la cónyuge del presidente del Gobierno en las reuniones respondía al estricto cumplimiento de sus funciones. Estas eran "organizar el protocolo y al equipo de seguridad que siempre acompaña. Equipo de seguridad que la acompaña cualquiera que sea el tipo de actos a los que asiste".

Además, recuerdan que no existe un estatuto que regule las funciones del cónyuge del presidente del Gobierno.

"La interpretación que hace el instructor de esta realidad no se ajusta a los usos que se vienen desarrollando desde el advenimiento de la Democracia. Y supondría que el personal de servicio del Complejo (de La Moncloa) que por ejemplo hiciera la comida y se la sirviera a mi representada cometería un Delito de Malversación de Caudales Públicos", explican.

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