Regulación

La CNMC pide revisar las restricciones a la publicidad de productos del tabaco y dispositivos por ser demasiado restrictivas

¿Qué ha dicho? La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publica un informe en el que extiende las restricciones de publicidad, promoción y patrocinio para el tabaco a los productos del tabaco y dispositivos, pero incide en que varias de las medidas planteadas no están contempladas aún en la regulación europea.

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido este viernes un informe sobre el anteproyecto de ley por el que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, y amplía las restricciones de publicidad, promoción y patrocinio para el tabaco a los productos del tabaco y dispositivos. Eso sí, el organismo incide en que varias de las medidas planteadas no están contempladas aún en la regulación europea y que deberían ser revisadas por desproporcionadas.

En un comunicado en el que detalla las modificaciones solicitadas por el Ministerio de Sanidad sobre la norma de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, el organismo aconseja no realizar una equiparación automática del régimen aplicable a los productos del tabaco a los productos relacionados, sino aplicar de forma individualizada los principios de buena regulación, para así respetar la neutralidad competitiva entre estancos y otros establecimientos.

La CNMC hace hincapié en que varias de las medidas planteadas por el Ministerio y que ahora modifican la normativa no están contempladas en la regulación europea, actualmente en proceso de revisión, por lo que aconsejan valorar la conveniencia de coordinar la tramitación de ambas normas de cara a minimizar los costes de ajuste para los operadores.

En este sentido, el organismo sugiere valorar si existen alternativas menos restrictivas que permitan cumplir los objetivos de interés general sin llegar a prohibir completamente la categoría de producto de cigarrillos electrónicos de un solo uso siempre que no sean necesario un régimen más prohibitivo para el cumplimiento de los objetivos sanitarios y medioambientales perseguidos, por lo que recomiendan replantear la limitación de publicidad, promoción y patrocinio de los productos relacionados y dispositivos para respetar la neutralidad competitiva entre los dos tipos de establecimientos que lo comercializan.

Además, la nueva norma amplía la prohibición de fumar o vapear a una lista más extensa de entornos públicos, incluyendo numerosos espacios al aire libre y prohíbe la venta y suministro de cigarrillos electrónicos de un solo uso. También prohíbe explícitamente el consumo de tabaco y productos relacionados a los menores de edad, ya que hasta ahora solo se prohibía la venta. Finalmente, prohíbe la venta y suministro de cigarrillos electrónicos de un solo uso.

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