Sanciones millonarias

Bruselas multa a Glovo y Delivery Hero con 329 millones de euros por formar un cártel de reparto a domicilio

Los detalles Reparto de mercados, intercambio de información privilegiada y un acuerdo para no 'robarse' el personal la una a la otra. Son las conductas contrarias a las normas europeas que llevaron a cabo ambas empresas.

Repartidor de Glovo en imagen de archivo.
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Multa millonaria para Delivery Hero y Glovo. La Comisión Europea ha sancionado este lunes a ambas compañías con un total de 329 millones de euros por formar un cártel en el sector del reparto a domicilio, intercambiando información sensible, repartiéndose los mercados y renunciando a contratar a personal de la otra compañía.

En concreto, la multa para Delivery Hero es de aproximadamente 223 millones de euros, mientras que la de Glovo asciende a 106 millones. Ambas empresas, no obstante, tienen un 10% de descuento en las sanciones porque reconocieron su participación en el cartel y llegaron a un acuerdo con Bruselas.

Las conductas ilegales

El comportamiento contrario a las normas europeas que ahora se sanciona comenzó en julio de 2018, cuando la empresa alemana Delivery Hero compró una participación minoritaria de Glovo, y terminó cuatro años después, en julio de 2022, cuando la primera se hizo con el control total de la compañía de reparto con sede en Barcelona. El cártel formado por ambas compañías cometía tres conductas ilegales:

  • En primer lugar, un acuerdo de "no-poach" o "no captación", por el cual se comprometían a no solicitar o contratar a trabajadores de la otra empresa. Por ejemplo, Delivery Hero no podía hacer una oferta de trabajo a un trabajador de Glovo. Este acuerdo, sin embargo, no cubría a los repartidores o 'riders', sino a trabajadores cualificados.
  • Además, ambas compañías llevaban a cabo un intercambio de información privilegiada, puesto que Delivery Hero usó una participación minoritaria en Glovo para obtener información sobre sus futuras estrategias y precios. Aunque no es ilegal tener una participación minoritaria en un competidor, sí lo es usar esa posición para obtener información confidencial.
  • Por otra parte, las dos empresas se repartieron los mercados europeos para asegurarse de que no competían por los clientes. De esta forma, en un país concreto, los consumidores que querían pedir comida a domicilio solo tenían acceso a un proveedor y no podían comparar precios y optar por el mas económico.

Esta es la primera vez que la Comisión sanciona a empresas por acuerdos de 'non-poaching' y también la primera en la que reconoce que las empresas pueden utilizar participaciones minoritarias en compañías rivales para fines anticompetitivos.

Hace casi un año, la Comisión abrió una investigación formal a ambas compañías para determinar si habían incurrido en prácticas contrarias a la libre competencia. En junio de 2022 y noviembre de 2023 ya realizó inspecciones sin previo aviso en sus oficinas como parte de la investigación sobre una posible colusión en el sector de entrega de alimentos.