PARA EVITAR FUTUROS PROBLEMAS

He vendido mi coche: la obligación que aún le corresponde al vendedor

Cada día cambian de manos miles de vehículos en nuestro país: el mercado de segunda mano está más vivo que nunca. Pese a que las cosas han cambiado mucho en los últimos años, lo cierto es que cuando se realiza la venta de un vehículo el vendedor aún tiene que asumir ciertas responsabilidades.

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El mercado de coches de segunda mano está más vivo que nunca: con la actual situación del mercado de vehículos nuevos, en la que los precios no paran de crecer y la disponibilidad de vehículos nuevos es más reducida que de costumbre, son muchos los conductores que deciden lanzarse al mercado de vehículos usados para hacerse con su nuevo coche. Muchos de esos cambios de titular se realizan a través de concesionarios, pero también muchos de ellos se llevan a cabo entre particulares.

Cuando dos particulares realizan un cambio de titular al transferir la titularidad del vehículo desde la persona que lo vende a la persona que lo compra, es necesario realizar una serie de gestiones administrativas que terminan en un cambio de nombre. Es un proceso que requiere de varios "papeles" y para el que es necesario también con cierta documentación, tanto del vehículo como de las personas que intervienen en la gestión.

He vendido mi coche, ¿y ahora qué?

Vale, he vendido mi coche y he firmado un contrato de compraventa con la persona que se lo ha quedado. ¿Y ahora qué? ¿Ya estoy libre y ese coche ya no es mi responsabilidad? Muchas personas piensan que al firmar un contrato de compraventa ya no son responsables del vehículo en cuestión, pasando a ser responsabilidad únicamente de la persona o entidad que lo ha adquirido. Esto es cierto...pero a medias.

Y es que hay que realizar un cambio de titular que, atención, es responsabilidad última del vendedor del vehículo, no del comprador. Aunque en el contrato de compraventa se haya especificado lo contrario, la responsabilidad última a la hora de la venta es del vendedor, que dispone de 30 días para realizar, al menos, la notificación de venta en caso de que el comprador no realice la transferencia de titularidad de su "nuevo" coche.

Es cierto que el vendedor está cubierto con el contrato de compraventa durante el primer mes, pero pasado ese tiempo, y si el comprador no ha efectuado el cambio de titular, el vendedor deberá acudir a la DGT para realizar una notificación de venta, con el contrato de compraventa y la documentación tanto de vendedor como de comprador en mano, con la que descargarse de cualquier responsabilidad para con el vehículo vendido.

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