CAMBIOS EN LAS NOTIFICACIONES

La DGT cambia la manera de notificar las multas: las modificaciones que llegan en unos días

Las multas de tráfico son el caballo de batalla de muchos conductores y hay que prestar atención a las notificaciones.

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Sí, a nadie le gusta recibir una multa de tráfico. Por norma general, cuando un conductor comete una infracción al volante y es detectado por un agente de la autoridad, tiene dos opciones: o bien se le notifica la sanción tras haber cometido la infracción en el mismo momento o bien se le notifica la sanción por correo con posterioridad. De cualquier manera, cada año la Dirección General de Tráfico impone millones de sanciones con el firme objetivo de minimizar los riesgos en carretera e intentar reeducar y concienciar a los conductores que menos respetan las normas.

En la actualidad existen numerosas formas de poder ser notificados oficialmente, entre las que se incluye tanto la notificación instantánea como la notificación por correo que antes hemos mencionado. Sin embargo, existen más formas, tales como por ejemplo la notificación digital a través del TESTRA (Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico) o, en última instancia, a través de los diferentes Boletines Oficiales.

Ahora la DGT recuerda que a partir del 1 de noviembre llegan algunos cambios en cuanto a las notificaciones de multas, cambios que, eso sí, no se aplican a todos los conductores. ¿En qué consisten esas modificaciones?

La nueva manera de notificar multas de la DGT

A partir del 1 de noviembre todas las personas jurídicas que sean titulares de algún permiso de circulación o bien sean arrendatarias a largo plazo de algún vehículo, deberán disponer antes de esa fecha de una Dirección Electrónica Vial (DEV) y deberán facilitar un correo electrónico y/o un teléfono móvil para poder recibir los avisos de las posibles notificaciones de Tráfico, ya de manera obligatoria. Y es que a partir del próximo 1 de noviembre la DGT dejará de comunicarse con ellos utilizando el formato físico, o lo que es lo mismo, las cartas.

En caso de no hacerlo, la Dirección General de Tráfico asignará de oficio una Dirección Electrónica Vial a la empresa o persona jurídica, la cual recibirá de forma electrónica las notificaciones de tráfico, de manera que el titular no podrá alegar en ningún momento que no ha sido notificado. La DEV no es obligatoria en la actualidad para personas físicas ni lo era para las personas jurídicas, aunque a partir del próximo mes ya lo será para este último grupo. ¿Llegarán a desaparecer de manera definitiva las multas en papel?

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