NORMATIVA

Un conductor que está de baja, ¿puede conducir su propio coche?

Una lesión en un brazo o una pierna es incompatible con la conducción, pero hay otras enfermedades que no parecen interferir en ese ejercicio.

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Cuando un conductor recibe una baja laboral, el motivo puede impedirle realizar acciones tan cotidianas como ponerse al volante. A veces, esta razón deja claro que conducir es imposible: sucede cuando, por ejemplo, sufre una lesión en alguna de sus extremidades. En otras ocasiones hay enfermedades que no parecen interferir en la conducción, pero no podemos olvidar que subirse a un coche implica contar con una serie de condiciones físicas y psíquicas. Así pues, ¿se puede conducir estando de baja?

Lo cierto es que la norma no prohíbe, específicamente, qué actividades están vetadas durante una baja laboral. Eso sí, hace alusión de forma indirecta a los requisitos que tiene que cumplir el conductor. En primer lugar, la Directiva Europea 2006/126 exige que tenga ciertas facultades psicofísicas. Y, en segundo lugar, los Artículos 17 y 18 del Reglamento General de Circulación establecen que “los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos y mantener su propia libertad de movimientos para garantizar su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”.

Conductor
Conductor | Pixabay

A esto tenemos que sumar el diagnóstico del médico que lleve el caso: la última palabra siempre la tendrá el facultativo. Si considera que no interfiere en sus limitaciones, en su recuperación ni implica abandonar el tratamiento, cabría la posibilidad de que autorice a la persona a ponerse al volante. En cambio, si la causa de la baja ha mermado sus facultades psicofísicas o le impide controlar el vehículo manteniendo, siempre, su libertad, no podrá conducir.

Tres ejemplos

En este sentido, el RACE da tres ejemplos de situaciones en las que se podría pensar que el ejercicio de la conducción no se ve afectado: baja por ansiedad, cervicalgia o lumbalgia.

Si una persona está de baja por ansiedad, necesitará el informe de un psicólogo o un psiquiatra para poder volver a conducir, renovar el carnet o sacárselo. Esta enfermedad puede implicar taquicardias, sudoración excesiva o mareos, que pueden reducir la atención del conductor cuando está al volante. Además, en determinados casos implica tomar algún medicamento que puede ser incompatible con la conducción.

Conducir por carretera secundaria
Conducir por carretera secundaria | motor.atresmedia.com

Otra de las enfermedades que, a priori, podemos pensar que no nos afecta a la hora de subirnos al coche es la cervicalgia: un cuadro de dolor en el cuello que puede extenderse por la cabeza y la espalda. ¿Por qué no es compatible con la conducción? Porque entre sus síntomas está la rigidez, la aparición de cefaleas, náuseas, vómitos, la presencia de fiebre o los mareos.

Lo mismo sucede con el lumbago, una lesión de los músculos y ligamentos que se traduce en un dolor agudo en la parte baja de la espalda. No sólo puede generar distracción, también reduce la capacidad del conductor para controlar un vehículo. Hay que añadir, además, los relajantes musculares, analgésicos y antiinflamatorios que el médico puede recetar como parte del tratamiento y que no son compatibles con la conducción.

La multa por conducir estando de baja

Conducir estando de baja cuando el motivo que ha causado la baja laboral impide ese ejercicio tiene consecuencias. En concreto, una multa económica que puede llegar a ser de 6.000 euros. Además, si el conductor decide ponerse al volante en esta situación y sufre un incidente, cabe la posibilidad de que su aseguradora no cubra los daños generados: todo dependerá de la póliza que tenga y de sus cláusulas.

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