Urías, catedrático en Derecho Constitucional
Joaquín Urías denuncia la diferencia de trato entre Acayro, inhabilitado durante 10 años, y otros jueces como Peinado: "Para ellos no hay sanción"
Joaquín Urías compara el trato disciplinario a distintos jueces y cuestiona en Salvados la ausencia de consecuencias en casos que considera graves.

El catedrático de Derecho Constitucional Joaquín Urías cuestiona en Salvados la diferencia entre las consecuencias que afrontan unos jueces y otros cuando sus actuaciones generan controversia. Al analizar el caso de Luis Acayro Sánchez, contrapone su condena e inhabilitación con otros episodios en los que, según denuncia, las conductas de determinados magistrados apenas reciben sanciones disciplinarias.
Urías plantea que, "en caso de que pensáramos mal" sobre la sentencia del Supremo a Acayro, habría que preguntarse qué se pretendía conseguir al elevar su inhabilitación inicial de cinco a diez años después que de que el magistrado recurriera ante el Supremo.
"Hay una diferencia sustancial entre que te condenen a cinco años de inhabilitación o que te condenen a diez años de inhabilitación, porque, con cinco años de inhabilitación, tú puedes esperar a que pase el tiempo. Después, pides al Consejo General del Poder Judicial que borren tus antecedentes, que te rehabiliten, y puedes volver a la carrera judicial", explica.
Pero, ¿por qué alguien querría que el juez Acayro, en vez de estar condenado a cinco años, estuviera condenado a diez?, plantea. La respuesta para él es sencilla: "Porque estando condenado a diez, es prácticamente imposible que el juez Acayro nunca vuelva a ser juez".
El catedrático amplía después el foco y critica el funcionamiento del sistema disciplinario judicial. Sostiene que existen casos llamativos de jueces que, según su valoración, se saltan las normas y causan perjuicios a los ciudadanos sin recibir ningún tipo de sanción.
Como ejemplo, menciona a un magistrado que habría dictado alrededor de un centenar de sentencias en asuntos en los que su mujer representaba a una de las partes. Según el relato de Urías, la sanción disciplinaria consistió en veinte días sin sueldo. "Y eso es de los casos más graves. La mayoría de casos no llegan", asegura.
A continuación, se refiere al juez Peinado. Urías puntualiza que su crítica no depende de que sus decisiones gusten más o menos, sino de lo que considera "actuaciones impropias" y de la falta de consecuencias disciplinarias. Entre otras cuestiones, menciona sus actuaciones relacionadas con la apertura de un procedimiento contra un ministro y su petición de una tarima para entrevistar a una persona.
El catedrático sostiene que, cada vez que asuntos de este tipo "con jueces que cometen este tipo de tropelías", llegan al Consejo General del Poder Judicial, la respuesta termina siendo la misma. "No hay sanción, no hay sanción, no hay sanción", repite.
Así, el catedrático cuestiona lo que considera una aplicación desigual de las consecuencias disciplinarias dentro de la judicatura. Mientras Acayro ha sido condenado a diez años de inhabilitación, hay otros episodios en los que, según su análisis, las actuaciones de jueces no han tenido consecuencias equivalentes.