Diez años de inhabilitación
"Quitamos el 'error' y mantenemos el 'dolo'": cuando el Tribunal Supremo duplicó la condena al juez Acayro a diez años de inhabilitación
Cuando Acayro fue condenado a cinco años de inhabilitación, el exmagistrado recurrió la sentencia al Supremo, que la revocó para después añadir cinco años más. Urías y el propio Acayro analizan y cuestionan esta decisión en Salvados.

Luis Acayro Sánchez esperaba que el Tribunal Supremo revocara la condena de cinco años de inhabilitación que le había impuesto el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, presidido por el juez López del Moral. Sin embargo, la resolución que recibió fue muy diferente: el Supremo anuló la sentencia anterior y dictó una nueva que elevó la inhabilitación a diez años. En otra palabras, duplicó su condena. En Salvados, el exmagistrado y el catedrático Joaquín Urías analizan las razones de aquella decisión y las objeciones jurídicas que planteó.
Acayro explica que, mientras esperaba la resolución del recurso, llevaba años suspendido de empleo y sueldo. Las incompatibilidades de su puesto le impedían trabajar en otra actividad sin renunciar a su plaza y a los salarios de tramitación. "No puedo trabajar en otra cosa, no podía hacer nada, salvo que me pidiera una excedencia, renunciara a mi plaza y a los salarios de tramitación. Entonces, yo estaba congelado", recuerda.
Urías explica en el programa de laSexta que el Supremo es un tribunal de casación, que revisa decisiones adoptadas por otros órganos judiciales.
Cuando el Supremo examinó el caso, el ya exjuez había cumplido tres años de los cinco de inhabilitación que le habían impuesto inicialmente. Acayro recuerda que la primera condena era contradictoria porque consideraba que había cometido un delito doloso, pero al mismo tiempo, había un atenuante de error. La resolución terminó siendo mucho más desfavorable de lo que esperaba. "Lo que decidió el ponente es proponer una nueva sentencia. Y en esa nueva sentencia, el ponente lo que hizo fue: 'Quitamos el error y mantenemos el dolo'.
"El Supremo lo que dijo es que no te equivocaste, sino que lo hiciste a propósito para hacer daño al abogado, al querellante en ese momento", resume Gonzo.
El catedrático, por su parte, cuestiona ese razonamiento y sostiene que el Supremo atribuyó una intención al magistrado sin haberlo escuchado ni haber repetido las pruebas necesarias para establecerla, algo que considera una "irregularidad grave".
"Usted tiene que demostrar mi mala intención", señala al resumir la objeción que plantea la defensa de Acayro. Para el catedrático, el problema reside en que el tribunal modificó la interpretación de los hechos y concluyó que existía una voluntad de actuar de mala fe. "Eso, evidentemente, va contra la presunción de inocencia", recalca.
Diez años de inhabilitación
La nueva sentencia elevó la inhabilitación a diez años. La decisión no fue unánime: dos de los cinco magistrados formularon votos particulares contrarios a la condena. Según Acayro, esos votos criticaban duramente la modificación de los hechos probados y defendían que procedía la absolución.
El exmagistrado recuerda que la sentencia fue un golpe especialmente duro porque esperaba que se revocara la condena. "Jurídicamente, no lo entiendo", comenta, y añade que prefiere no especular sobre las motivaciones personales de los magistrados, aunque insiste en que, desde el punto de vista jurídico, la resolución le resulta incomprensible. "Empiezo a interpretar tus silencios como 'No me quiero meter en más líos'", comenta el periodista.
Urías también considera relevante la existencia de los votos particulares. A su juicio, demuestran que la decisión del Supremo no era inevitable y que podía haberse adoptado otra solución jurídica. "La queja del juez Acayro tiene una base constitucional, incluso en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, muy poderosa, que es la base de decir: 'Usted tiene que demostrar mi mala intención'. Luego, lo primero que vemos en este asunto es que al haber dos votos particulares, primera consecuencia: lo que ha hecho el Tribunal Supremo no era de cajón, sino que sin romper la ley y sin ser un loco, se podía haber hecho otra cosa", reflexiona el catedrático en el programa de laSexta.
Tras la sentencia, Acayro recurrió en amparo ante el Tribunal Constitucional. Según explica, el recurso estuvo ocho meses pendiente y finalmente fue inadmitido por carecer de relevancia constitucional. El exmagistrado sostiene que los votos particulares habían advertido de posibles contradicciones con la doctrina del propio Supremo, del Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Ahora, señala, el caso se encuentra ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.