Amenazados por los incendios

Medina asegura que los vecinos que se niegan a dejar sus casas ante una alerta "pueden enfrentar multas de hasta 600.000 euros"

El abogado indica que existe que la Ley Nacional de Protección Civil afirma, claramente, que "está prohibido desobeceder los requerimientos de los organismos competentes cuando entran en juego cuestiones de seguridad".

El abogado indica que existe que la Ley Nacional de Protección Civil afirma, claramente, que "está prohibido desobeceder los requerimientos de los organismos competentes cuando entran en juego cuestiones de seguridad".

Algunos vecinos de Posada de Valdeón, en León, se han negado a abandonar sus casas a pesar de que el municipio está en riesgo por culpa del incendio que afecta a una zona cercana. Pero, ¿qué podría suponer para estos vecinos el desatender las órdenes de desalojo de las fuerzas de seguridad?

Juan Manuel Medina expone que la Ley Nacional de Protección Civil, la 17/2015, que "dice claramente que está prohibido desobedecer requerimientos, órdenes de los organismos competentes cuando entran en juego cuestiones de seguridad".

"Moralmente, yo no me encuentro legitimado para, unos vecinos, que a lo mejor lo único que tienen es su casa, si, realmente, consideran que no están recibiendo la ayuda de la administración... dificilmente entiendo que se les pueda llegar a sancionar", añade el abogado.

En cuanto a esas sanciones, Medina indica que se podrían enfrentar a una sanción administrativa. "Pueden ser multas que oscilen desde los 30.000 hasta los 600.000 euros", indica el abogado, "es una burrada total y absoluta".