Para sentar jurisprudencia

El Supremo dictaminará si los padres pueden recurrir la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad

Los detalles La Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal considera que la cuestión a resolver trasciende un recurso en concreto y que la doctrina que fije en su sentencia podría tener una importante "vis expansiva" en otros casos similares.

Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.Javier Lizón - Efe
Escucha esta noticia
0:00/0:00

El Tribunal Supremo establecerá jurisprudencia sobre si los padres pueden recurrir ante los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad y con plenas capacidades después de admitir a trámite un recurso presentado por la Generalitat de Cataluña tras que la Justicia apreciara que un padre tenía un interés legítimo para reclamar un control judicial de la decisión administrativa.

La Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal considera que la cuestión a resolver trasciende este recurso en concreto y que la doctrina que fije en su sentencia podría tener una importante "vis expansiva" en otros casos similares.

Concretamente, se trata del caso de un hombre de 54 años que discurrió en los juzgados catalanes en paralelo al de Noelia, la joven de 24 años afectada por una paraplejia y cuyo padre paralizó in extremis su muerte asistida hace un año con un recurso en los tribunales. El pasado septiembre, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña la avaló en un auto que el padre anunció que recurriría.

El caso que ahora ha admitido estudiar el Supremo llegó a los tribunales de la mano del padre de un hombre de 54 años que solicitó la eutanasia alegando el sufrimiento que le causan las importantes secuelas que arrastra en el movimiento y el habla por tres ictus y dos infartos que sufrió. Su padre recurrió el visto bueno que dio la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña al alegar que estaba en juego el derecho a la vida y la obligación del Estado a protegerla, y subrayar que su hijo se encontraba en situación de vulnerabilidad porque padecía problemas de salud mental.

Un juzgado de Barcelona inadmitió su recurso en un auto que indicó que el hombre era una persona "capaz de ejercer de forma libre todos los derechos" y sin "ningún diagnóstico" de enfermedad mental. Vivía solo, no tenía buena relación con su padre y solicitó que no se comunicase a ningún familiar su petición. Tanto el padre como la Fiscalía recurrieron al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que reconoció ese interés legítimo de un padre a recurrir judicialmente la concesión de la eutanasia a su hijo.

Ahora, el caso ha llegado al Supremo de la mano de la Generalitat de Cataluña, que alega en su recurso que la Ley Orgánica Reguladora de la Eutanasia (LORE) no contempla ninguna legitimación expresa a terceros para recurrir la concesión o denegación de la prestación de la eutanasia, y considera pertinente el pronunciamiento del Supremo dado que la cuestión puede afectar a un gran número de situaciones.

De hecho, subraya que entre 2021 y 2024 en Cataluña hubo 824 solicitudes de eutanasia; 445 se reconocieron, un 54 % del total, y añade que se trata de una tendencia en aumento con la implementación paulatina de la ley. En su auto, el Tribunal Supremo comparte la necesidad de evaluar este asunto al ser una materia de la que todavía no existe jurisprudencia, en parte por la reciente vigencia de la ley, y también por los derechos fundamentales que hay en juicio.

Por ello, el Alto Tribunal, cuando dicte sentencia, determinará los "requisitos y circunstancias que permiten establecer la concurrencia de un interés legítimo de un tercero (en este caso, un progenitor), con el fin de reconocer su legitimación en un procedimiento judicial" relacionada con la eutanasia solicitada por alguien "mayor de edad con plenas capacidades para decidir sobre su vida.

*Sigue a laSexta en Google. Toda la actualidad y el mejor contenido aquí.