Un juez ha autorizado al Ayuntamiento de Mataró a confinar a un vecino del municipio barcelonés que se había negado a aislarse tras dar positivo en coronavirus, así como a otras cinco personas que viven con él, entre ellas dos menores de edad y un bebé.
Además de negarse a guardar cuarentena, el hombre contagiado y sus convivientes no habían querido facilitar su identidad al Consistorio de forma reiterada, según consta en el auto judicial.
Ahora, el juzgado de lo contencioso número 14 de Barcelona ha ratificado las medidas aprobadas por el Ayuntamiento, que incluyen el aislamiento del contagiado y las personas que viven con él, así como su sometimiento obligatorio a pruebas del COVID-19 para averiguar si también están infectadas.
El decreto del Ayuntamiento se dirigía a una persona que había dado positivo en la enfermedad "y no está respetando las medidas de aislamiento", así como a varias personas que conviven con ella y se niegan a someterse a las pruebas y permanecer en cuarentena.
El juez ratifica el decreto
El aislamiento que ha avalado el juez, en un auto que puede ser recurrido, se prolongará durante al menos 14 días o el tiempo que las autoridades sanitarias estimen necesario para que dejen de suponer un riesgo para la salud pública.
Considera que el aislamiento del vecino contagiado es una medida necesaria, adecuada y proporcional, "dado que no existen otras menos lesivas de sus derechos que permitan alcanzar el mismo fin" de protección de la salud pública.
Respecto a las cinco personas que conviven con él -dos adultos, dos menores y un bebé-, el juzgado cree que el sometimiento a PCR y el aislamiento son adecuadas, "habiéndose demostrado necesaria su imposición como medidas cautelares al no haber sido respetadas voluntariamente".
Confirma así las medidas adoptadas por el Consistorio, aunque considera que estas se han planteado en unos términos "excesivamente amplios", puesto que son "inconcretos" tanto el lugar donde se llevará a cabo el confinamiento como su duración. Por ese motivo, obliga a informar al juzgado de "cualquier decisión o informe que afecte a los condiciones de aislamiento y cuarentena".
En su auto, el juez razona que los ayuntamientos tienen competencias para adoptar medidas de restricción de derechos por motivos de salud pública y, aunque admite que suponen "una injerencia en derechos fundamentales", las considera "razonables" teniendo en cuenta la situación de la pandemia.
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