El Juzgado de Primera Instancia número 49 de Madrid ha condenado a un hospital privado de Madrid a pagar una indemnización de 83.189 euros a la familia de una paciente de 76 años a la que se diagnosticó de forma errónea un dolor de espalda.
La mujer fue dada de alta, yal día siguiente sufrió un infarto de miocardio por el que posteriormente falleció. Los familiares presentaron una demanda que fue tramitada por los servicios jurídicos de la asociación 'El Defensor del Paciente'.
Los hechos tuvieron lugar en marzo de 2015 cuando la paciente acudió a su médico de Atención Primario por un cuadro de dolor torácico. La mujer que presentaba antecedentes de hipertensión arterial, diabetes y obesidad, fue trasladada a los servicios de Urgencia del centro hospitalario para su evaluación.
En una primera revisión se hizo constar que el motivo de la consulta era un dolor de espalda. Tras una exploración y una radiografía de columna, se le diagnosticó dorsolumbalgia traumática y contractura muscular, por lo que se le dio de alta con prescripción de reposo y analgésicos.
Al día siguiente, la mujer tuvo que ser atendida por los servicios de emergencia en su domicilio por taquicardia y fue trasladada de urgencia al hospital por insuficiencia respiratoria severa. El diagnóstico entonces fue que sufría un infarto de miocardio. La mujer acabó falleciendo.
El tribunal ha señalado que el informe pericial establece que el facultativo al cargo de la primera exploración "no siguió el protocolo que determina la mejor práctica clínica en estos casos" y que "se debieron recoger y hacer constar las características del dolor en la historia y sobre todo se debió solicitar electrocardiograma, un análisis de sangre que incluyera marcadores cardíacos y una radiografía de tórax".
Por tanto, el juzgado ha concluido que se desprende una "pérdida de oportunidad" para una correcta atención a la paciente y que las actuaciones médicas "resultaron insuficientes y erróneas", pues "ni se hicieron todas las comprobaciones que la buena praxis médica aconseja, ni se siguió el protocolo dada la situación y dolencia cardiaca que presentaba el paciente".
Finalmente, la sentencia concluye que existe una relación "causal" entre las actuaciones médicas "y el resultado final con el fallecimiento de la paciente", que también aprecia un "trastorno depresivo" para la hija de la fallecida.
La asociación 'El Defensor del Paciente' recalca que el centro demandado ofreció en la audiencia previa al juicio una indemnización del 50 por ciento de lo reclamado por la familia, pero no se aceptó y se celebró finalmente el juicio.
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