La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a un hombre a pagar 27.200 euros a una mujer que resultó lesionada después de que su hijo tropezara con ella al intentar alcanzar una pelota cuando ambos jugaban en una plazoleta de la capital onubense.

La sentencia estima el recurso de apelación presentado por la perjudicada contra el fallo del Juzgado de Primera Instancia número uno de Huelva, que lo absolvía de responsabilidad alguna al considerar que "lo sucedido no puede abarcar un supuesto de falta de diligencia por no mantener el control de la situación o en su caso por realizar una actividad peligrosa".

Se considera probado que el menor de edad, de 9 años en el momento de los hechos, se hallaba jugando con su padre a la pelota en una plazoleta donde es habitual que se reúnan numerosos niños para jugar, ya sea entre ellos o con sus padres.

Al tratar de recoger el balón que había sido lanzado por su padre, sin percatarse el menor de la presencia de la demandante, mientras corría para atraparla impactó con ella de manera que esta, de edad avanzada, "cayó al suelo de manera que se le causaron lesiones."

La Audiencia, en contra del juez instructor, considera procedente declarar la responsabilidad, pues su hijo de 9 años de edad se encontraba bajo su cuidado cuando ocurrieron los hechos y estos no pueden calificarse de fortuitos.

Y ello, porque "una plaza pública y que, por tanto, es frecuentada por todo tipo de personas, incluso de edad avanzada, no es el lugar idóneo para jugar a la pelota, por más que sea práctica habitual, ya que con dicho juego puede causarse algún tipo de daño a quienes se encuentren o transiten por dicha plaza".

Máxime, añade, cuando en el caso de autos resulta acreditado que el menor impactó con la mujer, que cayó al suelo de manera que se le causaron lesiones, cuando trataba de coger la pelota lanzada por su padre, lo que evidencia "no solo una trasgresión de los deberes de vigilancia por parte de éste, sino que además su conducta tuvo una clara incidencia en la producción del daño".