Los policías juzgados por irrumpir en una fiesta durante la pandemia han sido declarados no culpables por unanimidad en la Audiencia de Madrid. Se trata de una 'patada en la puerta' que se produjo en un edificio de la calle Velázquez, un caso distinto al que tuvo lugar en la calle Lagasca que tuvo una mayor repercusión.

La Fiscalía pidió al Juzgado de Instrucción número 26 de Madrid el archivo de la causa que se seguía contra los agentes (de Policía Nacional y Municipal) porque estaban convencidos de que se estaba cometiendo un delito flagarante de desobediencia. Por tanto, la actuación no era delictiva.

El jurado popular entiende que los agentes no cometieron allanamiento de morada al tirar la puerta con un ariete, según añade la agencia EFE. Los miembros del jurado consideran probado que los agentes exonerados, el subinspector al mando y otro compañero, estaban habilitados para entrar en el inmueble, ya que los asistentes de la fiesta cometían un delito flagrante y se negaron reiteradamente a abrir e identificarse.

Asimismo, los nueve miembros del jurado han considerado que el ariete que llevaban los agentes entraba en la dotación reglamentaria, algo que ha sido objeto de debate durante el juicio.

El letrado del inquilino Juan Gonzalo Ospina ha anunciado a EFE que recurrirá la sentencia que se dicte tras este veredicto y ha expresado que "son malos tiempos para nuestras libertades" y que "ha ganado el Estado que quiere ocupar cada espacio de nuestra intimidad", asegurando que "el jurado desde el primer día no entendió que el domicilio es inviolable".