El jueves sobre las 9.40 horas de la mañana el mundo del fútbol contendrá la respiración. Tras abordar un conflicto sobre la venta de vehículos de segunda mano y otro sobre las competiciones de patinaje de velocidad, los magistrados del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) darán a conocer su dictamen sobre el contencioso que marcará el futuro del fútbol europeo y mundial y que establecerá la supervivencia de la Champions League, la máxima competición continental desde hace 21 años, o la irrupción de una nueva competición llamada Superliga.

Lo que tiene encima de la mesa el TJUE es una cuestión prejudicial presentada por el titular del Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid, Manuel Ruiz de Lara, al que se dirigió la entidad European Superleague Company, promovida por el Real Madrid y el Barça, para que paralizara de manera cautelar las sanciones anunciadas por el presidente de la UEFA, Aleksander Ceferin, para expulsar de todas sus competiciones a los clubes que fundaran el nuevo torneo. Las medidas cautelares fueron adoptadas en abril de 2021 y levantadas en el mismo mes de 2022 por la magistrada Sofía Gil, segunda instructora de la causa.

La Superliga, concebida para afrontar la "inestabilidad" del modelo económico del fútbol europeo, fue fundada por 12 clubes europeos, entre los que se encontraban los españoles Real Madrid, F.C. Barcelona y Atlético de Madrid, los italianos Milan, Inter de Milán y Juventus y los ingleses Manchester City, Chelsea, Manchester United, Liverpool y Tottenham Hotspur. A ellos se sumarían tres clubes invitados, entre ellos el París Saint-Germain, y otros cinco que se clasificarían anualmente en función de su rendimiento. A día de hoy, solo el Madrid y el Barça continúan sosteniendo el proyecto.

Abuso de su posición de dominio

Los dos grandes clubes españoles defienden que, con sus represalias, la FIFA y la UEFA -entidades de Derecho privado con sede en Suiza- han incumplido el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), al abusar de su posición de dominio por obligar a los clubes a ceder sus derechos de explotación de las competiciones en las que participan, impedir la libre competencia y llevar a cabo conductas anticompetitivas.

Tras paralizar las posibles sanciones con medidas cautelares, el magistrado Ruiz de Lara elevó seis preguntas a las que tendrán que responder este jueves los representantes de la Curia y que se resumen en si los organismos que llevan décadas dirigiendo el fútbol europeo y mundial tienen la competencia exclusiva para organizar y autorizar las competiciones de clubes de fútbol internacionales en Europa.

En declaraciones al programa Jugones de laSexta, Ruiz de Lara recordaba este martes que "los monopolios dentro de la Unión Europea están permitidos pero lo que sí se prohíbe, por los tratados de la Unión Europea, es el abuso de una posición de dominio".

Informe no vinculante del abogado general

En diciembre de 2022, el abogado general del TJUE, Athanasios Rantos, emitió un dictamen que daba la razón parcialmente a los postulados de la UEFA y la FIFA. Este cuerpo, que tiene la función de asesorar a los magistrados en los asuntos que tienen que resolver, emite informes que no son vinculantes pero que suelen ser adoptados por el TJUE en el 67 por ciento de los casos, según las estadísticas facilitadas por el tribunal.

Rantos concluyó en su informe que el sistema de autorización previa recogida en los estatutos de la UEFA y de la FIFA no se opone al Derecho comunitario y que no existe una prohibición para que los dos organismos continentales y las federaciones o las ligas nacionales puedan amenazar con sanciones a los clubes afiliados a esas federaciones que participen en una nueva competición paneuropea. Es decir, que el Madrid y el Barça podrían crear su propia competición, pero eso les impediría seguir participando en las de la UEFA, incluida la Champions League.

No obstante, el abogado general sí estableció que las sanciones de exclusión dirigidas contra los jugadores que no tengan ninguna implicación en el proyecto en cuestión son "desproporcionadas", en particular por lo que se refiere a su exclusión de las selecciones nacionales y la imposibilidad de que participaran en Eurocopas o Mundiales.

El abogado general también defiende que la normativa de la UE en materia de competencia no se opone a las restricciones previstas en los estatutos de la FIFA y la UEFA relativas a la comercialización exclusiva de los derechos de sus competiciones ni a su intención de no reconocer a la Superliga, ya que estos dos postulados podrían considerarse "inherentes" a la persecución de "objetivos legítimos", como el principio de participación basado en "los resultados deportivos o la igualdad de oportunidades" entre los diferentes equipos de la competición.