La polémica en torno a la Ley Mordaza no es cosa de su último intento de ser reformada. Uno fallido. El revuelo en torno a la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadanaviene de antes de que fuese aprobada. Fue el motivo que llevó a centenares de personas a concentrarse repetidamenteen el Congreso de los Diputados. Entonces la Ley Mordaza era solo un anteproyecto de ley.

Pero el 15 de diciembre de 2014 fue aprobada en el Congreso de los Diputados ante el apoyo del Partido Popular y el rechazo de la oposición. La noticia volvió a provocar el estallido de la indignación. Los ciudades volvieron a la calle en una treintena de ciudades españolas, en especial en Barcelona y Madrid. Los asistentes pedían la retirada de la ley de 'Seguridad Ciudadana' defendiendo que se trataba un ataque directo a derechos fundamentales como la libertad de reunión o de expresión con multas que llegan a los 600.000 euros.

La lucha contra la Ley de Seguridad Ciudadana adoptó la mordaza como símbolo. Greenpease se la llegó a poner a las fauces de los leones del Congreso. Dentro de él, la llegaron alucir miembros la oposición en sus propias bocas, como recuerdalaSexta Columa. Aún así, tras cinco meses de intenso debate, la Ley Mordaza fue aprobada por las Cortes en marzo de 2015. Eso sí, con matices más suavizados que los que se proponían en el borrador original que presentó el Ministerio del Interior en noviembre de 2013.

Entre ellas se retiró la que sancionaba los "ultrajes a España" y se rebajaron las sanciones a imponer: concentrarse sin autorización ante el Congreso de los Diputados ya no era sancionado con un máximo de 600.000 euros, sino con un máximo de 30.000 y siempre que se realizase una "perturbación grave de la seguridad ciudadana". Tampoco se recocían sanciones a los periodistas que grabasen a los agentes de policía, sino a quien usase esas imágenes de manera que "pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes" (distribuir su foto con esos fines, dirección personal, entre otros). En total, 14 infracciones fueron modificadas y 19 directamente eliminadas. Se aprobaron 44 razones por las que alguien podría un ciudadano podría ser sancionado con multas que van desde los 100 euros hasta los 600.000 siempre que no sea delito.

Desde el PP, el entonces ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, celebró su aprobación ante la cámara y se mostraba convencido de que la nueva ley dotaba a España de más libertad. En cambio, la oposición ha insistía en que la ley ni era necesaria ni demandada por los ciudadanos. Tiene como único objetivo "amordazar" la protesta en las calles, denunciaban. Desde las filas del PSOE, de la Izquierda Plural y el Grupo Mixto auguraban que la ley tenía "los días contados". La gente reaccionó y volvió a salir a las calles en contra de su aprobación. Pero finalmente la ley, aprobada en solitario por el PP, entró en vigor en julio de 2015 y con ellas todos sus polémicos artículos.

Las claves de la Ley Mordaza (las más polémicas)

  • Las manifestaciones no comunicadas pueden ser multados hasta con 600.000 euros para quienes las organicen. Aquellos que quieran manifestarse frente a edificios de instituciones como el Congreso o el Senado, pero también hospitales, escuelas o universidades sin haberlo comunicado previamente, son sancionados.
  • La desobediencia también se multa con esta ley desde infracciones leves a infracciones muy graves. Por ejemplo, ocupar inmuebles, como una sucursal bancaria, como en su día hicieron los 'yayoflautas', lleva consigo una sanción de hasta 600 euros como infracción leve que se considera. Lo mismo que trepar por un edificio y colgar una pancarta, al estilo Greenpeace. La obstrucción a la autoridad en el ejercicio de sus funciones, por ejemplo, cuando la Plataforma antidesahucios se encadene a la puerta de un edificio, es una infracción grave y que puede ser sancionada con hasta 30.000 euros. Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad supondrán una multa de 100 a 600 euros.
  • Hacer fotos a agentes en operaciones policiales en plena operación policial también es motivo de multa. Por ejemplo, el uso no autorizado de imágenes, datos personales o profesionales de autoridades y miembros de las fuerzas de seguridad lleva consigo una sanción de 30.000 a 600.000 euros, según el caso.
  • Esta Ley de Seguridad Ciudadana ha sido muy criticada por organizaciones de derechos humanos por que contempla las devoluciones en caliente de inmigrantes. Aquellos extranjeros que sean detectados, por ejemplo, en Ceuta o Melilla, en la frontera con Marruecos y que no tengan papeles, serán devueltos al país y rechazados por el nuestro.
  • El juez no tiene la última palabra en algunos casos. Muy criticado fue el cambio de algunas prácticas que antes eran consideradas como faltas y por tanto, tenían que ser dirimidas en un juzgado y que ahora tienen carácter de multa administrativa con lo que se salta el control judicial. Es decir, ahora el juez no tiene la última palabra.

Leves, graves o muy graves: todas las posibles multas de la Ley Mordaza

Faltas muy graves (entre 30.001 y 600.000 euros):

  • Manifestaciones no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas.
  • Fabricar, almacenar o usar armas o explosivos incumpliendo la normativa o careciendo de la autorización necesaria o excediendo los límites autorizados.
  • Celebrar espectáculos públicos quebrantando la prohibición ordenada por la autoridad correspondiente por razones de seguridad pública.
  • Proyectar haces de luz sobre los pilotos o conductores de medios de transporte que puedan deslumbrarles o distraer su atención y provocar accidentes.

Faltas graves (entre 601 y 30.000 euros):

  • causar desórdenes en la calle u obstaculizarla con barricadas.
  • Perturbar la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones a las que asistan numerosas personas.
  • La perturbación grave de la seguridad ciudadana en manifestaciones frente al Congreso, el Senado y asambleas autonómicas aunque no estuvieran reunidas.
  • Impedir a cualquier autoridad el ejercicio legítimo de sus funciones en el cumplimiento de resoluciones administrativas o judiciales. Este punto sancionaría, por ejemplo, las concentraciones para impedir la ejecución de desahucios.
  • Las acciones y omisiones que impidan u obstaculicen el funcionamiento de los servicios de emergencia.
  • La desobediencia o la resistencia a la autoridad así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes.
  • Negarse a disolver reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público cuando lo ordenen las autoridades competentes cuando concurran los supuestos del artículo 5 de la Ley Reguladora del Derecho de Reunión. Entre estos supuestos se encuentra "cuando se produzcan alteraciones del orden público con peligro para personas o bienes" por lo que podría emplearse esta infracción para sancionar los llamados escraches.
  • Perturbar el desarrollo de una manifestación lícita.
  • La intrusión en infraestructuras críticas (que prestan servicios esenciales para la comunidad) incluyendo su sobrevuelo, cuando se haya producido una interferencia grave en su funcionamiento.
  • Portar armas prohibidas o portar o usar armas de modo negligente y temerario o fuera de los lugares habilitados para ello.
  • Solicitar y disfrutar (por parte del demandante) de servicios sexuales en zonas de tránsito público, cerca de lugares destinados a su uso por menores (colegios, parques...) o en zonas que pueda generar un riesgo para la seguridad vial.
  • Fabricar, almacenar o usar armas reglamentarias o explosivos sin autorización así como la omisión o falta de eficacia de las medidas de seguridad o precauciones que resulten obligatorias.
  • Negarse a las inspecciones en fábricas, locales, establecimientos, embarcaciones y aeronaves.
  • El uso público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, o réplicas de los mismos del equipamiento de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia que puedan generar engaño.
  • No colaborar con las Fuerzas de Seguridad en la averiguación de delitos o en la prevención de acciones que puedan poner en riesgo la seguridad ciudadana.
  • El consumo o la tenencia ilícitos de drogas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares públicos, así como el abandono de los instrumentos empleados para ello.
  • El traslado de personas, con cualquier tipo de vehículo, con el objeto de facilitar a éstas el acceso a drogas (las cundas) 20.
  • Plantar y cultivar drogas en lugares visibles al público.
  • La tolerancia del consumo ilegal o el tráfico de drogas en locales o la falta de diligencia en orden a impedirlos por parte de los propietarios.
  • La carencia de los registros previstos en esta ley para las actividades con trascendencia para la seguridad ciudadana o la omisión de comunicaciones obligatorias.
  • Dar datos falsos para la obtención de las documentaciones previstas en esta Ley.
  • Incumplir las restricciones a la navegación reglamentariamente impuestas a las embarcaciones de alta velocidad y aeronaves ligeras.
  • El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.
Faltas leves (entre 100 y 600 euros):
  • La celebración de manifestaciones sin comunicar a las autoridades, cuya responsabilidad corresponderá a los organizadores.
  • Exhibir de objetos peligrosos para la vida e integridad física de las personas con ánimo intimidatorio.
  • Incumplir las restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público cuando provoquen alteraciones menores en el normal desarrollo.
  • Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad.
  • Hacer o incitar a actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena.
  • La proyección de haces de luz, mediante cualquier tipo de dispositivo, sobre miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para impedir o dificultar el ejercicio de sus funciones.
  • La ocupación de casas y la venta ambulante no autorizada.
  • No denunciar la perdida o el robo de un arma.
  • Las irregularidades en la cumplimentación de los registros previstos en esta Ley con trascendencia para la seguridad ciudadana.
  • No tener la documentación personal legalmente exigida o no denunciar su robo o pérdida.
  • La negligencia en la custodia y conservación de la documentación personal legalmente exigida, considerándose como tal la tercera y posteriores pérdidas o extravíos en el plazo de un año.
  • Negarse a darle la documentación a la Policía.
  • Causar daños a bienes muebles o inmuebles de uso público o privados que estén en la vía pública.
  • Escalar edificios o monumentos sin autorización cuando haya riesgo de que se ocasionen daños.
  • La remoción de vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad.
  • Dejar sueltos o en condiciones de causar daños animales feroces, así como abandonar animales domésticos en condiciones en que pueda peligrar su vida.
  • El consumo de alcohol en lugares públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.

Qué pasa con la Ley Mordaza

La Ley Mordaza que se aprobó en marzo de 2016 y entró en vigor en julio de ese año seguirá vigente tras cinco años de intentos fallidos de reformarla, primero en la corta legislatura tras la moción de censura de 2018 y después, tras repetirse las elecciones, con una iniciativa que registró el PNV en 2020. El 30 de diciembre de 2019, el pacto para un Gobierno de coalición "progresista" sellado entre los líderes de PSOE y Unidas Podemos, Pedro Sánchez y Pablo Iglesias, respectivamente, incluyó el compromiso de sustituir en esta legislatura la Ley Mordaza por una nueva norma que tenía que "garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión y reunión pacífica". Por ahora seguirá siendo un compromiso en el aire tras la falta de unanimidad en el último intento de reformarla, uno que deja en el tintero varias modificaciones y novedades.