Aprobada en 1968

El Gobierno aprobará la nueva ley de Información Clasificada: sustituirá la norma franquista de Secretos Oficiales

¿Por qué es importante? Fuentes del ejecutivo aseguran que la futura ley establece, por primera vez en España, la "desclasificación automática de información clasificada" al haber pasado un periodo de tiempo máximo de 45 años.

La ministra de Educación y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría durante la rueda de prensa tras el Consejo de MinistrosLa ministra de Educación y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría durante la rueda de prensa tras el Consejo de MinistrosEFE/ Javier Lizón
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El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar este martes el nuevo Proyecto de Ley de Información Clasificada, una normal que sustituirá a la Ley de Secretos Oficiales del franquismo, aprobada en 1968. Con ella, el Gobierno pretende desclasificar cientos de documentos que tengan unos 45 años de vida.

Además, esas mismas fuentes han explicado que la futura Ley de Información Clasificada establece, por primera vez en España, la "desclasificación automática de información clasificada" al haber pasado un periodo determinado. Es decir, se establecerá un tiempo máximo de clasificación de 45 años. Tras ello, se podrá prorrogada de forma motivada durante otros 15 años. Así lo anunciaron fuentes del Ejecutivo a última hora del lunes. El siguiente paso tras el Consejo de Ministros, será enviar esta ley al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria.

"De esta forma, España se sitúa en línea con las legislaciones más avanzadas en materia de información clasificada", explican desde el Gobierno. Incluso, añaden que por encima de "países como Francia, Dinamarca o Suecia" que "tienen plazos más extensos para la desclasificación que los previstos en esta ley".

Así mismo, el proyecto de ley estipula que la información relativa a grandes violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad no podrá ser objeto de clasificación. En la ley, "se regulan cuatro categorías de información clasificada: "Alto Secreto", "Secreto", "Confidencial" y "Restringido”. A cada una de ellas se le asigna gradualmente un límite temporal de clasificación, teniendo en cuenta el riesgo de revelación no autorizada o uso indebido".

Se introduce también en la ley "un régimen sancionador administrativo para quien desvele información clasificada, con sanciones que van desde los 30.000 euros en los supuestos menos graves a los 2,5 millones de euros en los más graves". Consideran las fuentes del Ejecutivo que "con esta vía se crea un régimen más proporcional que el anterior, que únicamente contemplaba la vía penal con elevadas penas de prisión".

"El derecho a la libertad de información -añaden- se introduce como criterio de graduación de las sanciones". Además, se crea "la Autoridad Nacional para la Protección de la Información Clasificada, que dependerá del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes".