El pleno del alto
tribunal aprobó por unanimidad la semana pasada rechazar dejar en libertad al
exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y al excandidato a
president Jordi Sánchez mientras resuelve sobre sus recursos de amparo.
Se trató de una
resolución (dos, en realidad, una para cada uno de los afectados) sobre una
petición colateral a los recursos, no sobre el fondo de los recursos. Pero el
Tribunal Constitucional aprovechó para deslizar lo que podría considerarse un
aviso a navegantes.
La interpretación del
aviso es inequívoca ante el nombramiento de Jordi Turull y Josep Rull, ambos en
prisión preventiva, como miembros del Govern de Quim Torra. El alto tribunal no
se refería directamente a dicho asunto, pero aprovechó la oportunidad
para recordar que, al margen de cada caso individual, es perfectamente legítimo
que el Supremo limite los derechos políticos de un imputado al decretar para él
la prisión preventiva.
Además, no cabe, como
pretendía hacer Sánchez, interpretar que Naciones Unidas se ha pronunciado en
sentido contrario. La prisión preventiva opera "idefectiblemente"
como una privación de derechos de muy diversa índole, incluidos los políticos,
dice la doctrina del TC, y el alto tribunal así lo recordaba.