Salvadora Mateos y Mabel Deu

Condenan a nueve años de inhabilitación a la exdelegada del Gobierno en Ceuta por la devolución de menores migrantes a Marruecos en 2021

El contexto La Audiencia considera probado que, entre los días 17 y 18 de mayo de 2021, se produjo la entrada masiva e irregular de unos 1.200 menores migrantes, que posteriormente fueron repatriados al país africano.

La ex delegada del Gobierno en Ceuta Salvadora Mateos y la exvicepresidenta del Gobierno ceutí Mabel Deu en una imagen de archivoLa ex delegada del Gobierno en Ceuta Salvadora Mateos y la exvicepresidenta del Gobierno ceutí Mabel Deu en una imagen de archivoAgencia EFE
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La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, ha condenado a nueve años de inhabilitación especial para cargos públicos a la exdelegada del Gobierno en Ceuta, Salvadora Mateos, y a la exvicepresidenta primera del Gobierno de la Ciudad Autónoma, Mabel Deu, por un delito de prevaricación administrativa en relación a la repatriación de menores de edad migrantes a Marruecos en el año 2021 después de su entrada irregular en España.

En la sentencia notificada este jueves a las partes y a la que ha tenido acceso laSexta, el tribunal ha condenado a ambas a dicha pena para cargos públicos, aunque sean electivos, de cualquier ámbito.

La Audiencia considera probado que, entre los días 17 y 18 de mayo de 2021, se produjo la entrada masiva e irregular en Ceuta de unos 15.000 migrantes, de los cuales unos 1.200 afirmaron ser menores de edad. Entonces, la que fuera vicepresidenta primera del Gobierno de Ceuta, "después de mantener contactos con distintos departamentos ministeriales del Gobierno de España, decidió emprender diversas actuaciones a fin de agilizar la repatriación al Reino de Marruecos de aquellos menores, contactando con la delegada del Gobierno, a la que envió una misiva el día 24 de mayo de 2021 donde ya se refería a la posibilidad de utilizar para el retorno de los menores no acompañados marroquíes el acuerdo de 6 de marzo de 2007 entre el reino de España y el de Marruecos".

Como explican los magistrado, "ante las dificultades para gestionar la extraordinaria situación creada y la precariedad de medios", la vicepresidenta primera del Gobierno de Ceuta emprendió las actuaciones oportunas para enviarles rápidamente a Marruecos "sin ajustarse conscientemente a procedimiento legal alguno" y lo hizo con el visto bueno de la delegada del Gobierno, "conocedora también de que no se ajustaba a legalidad alguna".

"Sin verificar la concurrencia de los presupuestos legales que así lo permitieran y en ejecución de tal decisión, tras remitir nueva misiva a la Delegación del Gobierno de Ceuta, contestada por la secretaría particular del secretario de Estado de Seguridad en el mismo día 10 de agosto de 2021", Mabel Deu "instó a la jefa del Área de Menores de la Ciudad Autónoma que preparara una respuesta, lo que efectivamente realizó, manifestando desde el mismo momento su absoluta discrepancia con lo pretendido, argumentando que resultaba imposible la devolución o repatriación de los menores sin sujeción a las normas españolas vigentes, Ley y Reglamento de Extranjería, a la legislación de menores y a la Convención de Derechos del Niño".

Además, el tribunal ha añadido que, "a pesar de conocer ambas su improcedente decisión", acordaron practicar la repatriación de todos aquellos menores "sin determinar previamente si alguno de ellos se hallaba en situación de vulnerabilidad en su país de origen, así como sin determinar si con ello el superior interés del menor podía verse comprometido, infringiendo con ello, además de las normas antes referenciadas, la Convención sobre los Derechos del Niño (...), elaborando una lista donde aparecían los nombres de 145 menores (...)".

Los días 13, 14, 15 y 16 de agosto se procedió a la entrega en la frontera de hasta 55 menores no acompañados "decididos" por la entonces vicepresidenta primera del Gobierno de Ceuta, suspendiéndose la entrega sólo tras la medida cautelar adoptada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ceuta.

En conclusión, la Audiencia considera que ambas acusadas "eran conocedoras de la irregularidad e improcedencia de la devolución de menores que pretendían realizar" y que "la decisión de repatriación de los menores, de la forma en que se realizó (...), no sólo fue arbitraria, sino manifiestamente injusta, de lo que ambas acusadas eran perfectamente conocedoras y conscientes, y, a pesar de ello, optaron por su realización".