Según han explicado fuentes de las negociaciones, los líderes de CEOE y Cepyme, Juan Rosell y Antonio Garamendi, y los de UGT y CCOO, Pepe Álvarez y Unai Sordo, ratificaron el pasado miércoles en una reunión los principales puntos del que será el IV Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) 2018-2020.

A partir de ese momento, el intercambio de documentos con la redacción de los diferentes puntos del acuerdo ha sido continua y, a la vista de la buena evolución, es previsible que suscriban un preacuerdo el martes o miércoles, dicen las fuentes consultadas.

Este preacuerdo contendrá una subida salarial de "en torno" al 2 %, a lo que se podrá sumar un punto adicional en función de la productividad y de la situación de cada empresa para cada uno de los tres años del acuerdo, al tiempo que incluirá un salario mínimo en convenio de 1.000 euros en 14 pagas, a lo largo de la duración del acuerdo.

De esta forma, se han acercado las posturas de ambas partes, ya que la patronal ofrecía un alza de "hasta" un 2 %, más un porcentaje adicional, mientras que los sindicatos pedían un incremento del 3,1 % (con la previsión de inflación para este año del 1,6 %, más un 1,5 puntos adicionales para recuperar el poder adquisitivo perdido).

Asimismo, los sindicatos exigían situar el salario mínimo en convenio en 1.000 euros, mientras que la patronal estaba a favor de mejorar las remuneraciones más bajas, pero de una forma más conservadora y aludían al acuerdo logrado con el Gobierno para situar el salario mínimo interprofesional en 850 euros en 2020.

El preacuerdo contará también con una redacción que contenta a ambas partes sobre la cláusula de garantía salarial, algo que no aceptaba la patronal pero que era un requisito irrenunciable para los sindicatos. Así, la redacción final de este asunto no vincula la revisión salarial a la inflación y tendrá un formato de recomendación, dejando potestad a la negociación en los convenios colectivos para incluirla como estimen oportuno.

El IV AENC contará asimismo con cláusulas de flexibilidad de la jornada, tanto para trabajadores como para empresarios, e incluirá otros asuntos en materia de formación, de salud laboral, de absentismo o de subcontratación entre otras materias.