Investigación de la crisis en Ceuta

La jueza Tardón cita como testigos a Vivas y al exjefe de Gabinete de la Delegación Gobierno y pide las alertas emitidas y sus destinatarios

Los detalles La magistrada cita a Vivas para el 30 de septiembre y al exjefe de Gabinete para el 1 de octubre. El mismo día 1 de octubre acuerda tomar declaración también como testigo al jefe de la Policía Local de Ceuta. Tardón pide además identificar a todos los dinamizadores de la entrada sobre el terreno y que se haga un informe financiero y patrimonial que aclare quién sufragó la entrada.

El presidente de Ceuta, Juan Vivas, en una rueda de prensa en el Palacio Autonómico de la ciudad autónoma. El presidente de Ceuta, Juan Vivas, en una rueda de prensa en el Palacio Autonómico de la ciudad autónoma.GABRIELA SARDÁ - EUROPA PRESS
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La jueza de la Audiencia Nacional María Tardón ha citado a declarar como testigos al presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, Juan Jesús Vivas, y al exjefe de Gabinete de la Delegación del Gobierno, Gonzalo Sanz, en la causa que investiga la entrada masiva irregular de inmigrantes en Ceuta desde Marruecos los días 30 y 31 de julio. Tardón pide además identificar a todos los dinamizadores de la entrada sobre el terreno y que se haga un informe financiero y patrimonial que aclare quién sufragó la entrada.

En un auto en el que acuerda múltiples diligencias y al que ha tenido acceso laSexta, solicita a numerosos organismos policiales y militares las alertas y análisis de riesgos que pudieran haber emitido en relación con estos hechos y, en caso positivo, los destinatarios y el medio utilizado para su comunicación y difusión, con expresión de la fecha y hora en que tuvieron lugar

La magistrada cita a Vivas para el 30 de septiembre y al exjefe de Gabinete para el 1 de octubre. El mismo día 1 de octubre acuerda tomar declaración también como testigo al jefe de la Policía Local de Ceuta.

En su auto, la juez acuerda la práctica de múltiples diligencias, a instancias de la Fiscalía, entre ellas, librar a la Comisaría General de Información y a la Unidad Central de Inteligencia Criminal, de la Comisaría General de Policía Judicial, para que procedan al análisis biométrico y reconocimiento facial de todas las personas identificadas en las fichas de agentes dinamizadores incorporadas a los anexos del informe policial y lo remitan al órgano judicial.

También requiere a las direcciones de Policía y Guardia Civil para que elaboren un informe cuyo objeto sea el de precisar, en la medida de lo posible, la identidad, el cuerpo policial de pertenencia, unidad operativa, empleo o graduación, funciones desarrolladas y actuación observada de los efectivos uniformados que aparecen reflejados en las imágenes y grabaciones incorporadas a la causa y reconstruir la cadena de mando operativa presente en la zona de Fnideq-Castillejos durante los días 29, 30 y 31 de julio de 2026.

Además, solicita a distintos organismos, entre ellos Centro Nacional de Coordinación de Puestos Fronterizos de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, CEFRONT, a la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad y al Jefe del Estado Mayor de la Defensa (EMAD) para que aporten "cuantas alertas y/o análisis de riesgos pudieran haber emitido en relación con estos hechos, y en caso positivo los destinatarios de estos, y el medio utilizado para su comunicación y difusión, con expresión de la fecha y hora en que tuvieron lugar".

Igualmente solicita al EMAD que aporte al órgano judicial cuantas imágenes satelitales disponga de la horquilla temporal comprendida entre las 00:00 horas del día 20 de julio y las 23:59 horas del día 7 de agosto de 2026, de la Playa de Fnideq (Marruecos) colindante con la zona fronteriza española y la playa de El Trampolín (Ceuta).

En su auto, la juez acuerda abrir una pieza separada de investigación tecnológica, que tendrá naturaleza secreta, para lo que cual pide asistencia judicial a las compañías Meta, WhatsApp, Facebook, Instagram, TikTok, Telegram, Google, Apple y cualquier otra plataforma digital identificada durante la investigación, interesando que procedan a la conservación inmediata y posterior remisión de los datos de registro de las cuentas utilizadas para la difusión de la convocatoria, direcciones IP, dispositivos empleados, números de teléfono asociados, correos electrónicos vinculados, historial de conexiones y contenido de grupos, canales y perfiles utilizados entre el 1 de julio y el 15 de agosto de 2026.

En este sentido y con la finalidad de identificar el origen de la convocatoria, solicita al Centro de Inmigración y Fronteras CENIF que aporte el informe íntegro sobre la organización digital mencionado en el informe principal, la relación completa de números telefónicos detectados como administradores, dinamizadores, difusores o participantes relevantes, los identificadores utilizados en Facebook, WhatsApp, TikTok, Instagram, Telegram y cualquier otra plataforma analizada, los datos técnicos de geolocalización, horarios de conexión y trazabilidad digital obtenidos respecto de dichos perfiles.

La instructora indica que todas las diligencias son pertinentes porque inciden en aspectos expresamente destacados en la resolución judicial: la actividad desarrollada en redes sociales, la identificación de dinamizadores y organizadores, la eventual existencia de estructuras criminales, la determinación de los responsables de la planificación y dirección estratégica de los hechos, la investigación de los fallecimientos producidos y el análisis de las actuaciones desarrolladas antes, durante y después de la entrada masiva.

"Su utilidad resulta igualmente evidente, pues cada diligencia persigue acreditar un extremo concreto de la investigación. Las diligencias relativas a comunicaciones digitales pretenden identificar a los promotores y coordinadores; las diligencias biométricas y audiovisuales buscan la identificación de los participantes en los niveles superiores de organización; las relativas a financiación pretenden esclarecer los mecanismos de apoyo material; las relacionadas con los fallecimientos buscan determinar las circunstancias concretas de las muertes investigadas; y las declaraciones testificales permitirán reconstruir el desarrollo operativo de los acontecimientos".

La resolución también acuerda requerir informes a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF-Central), de Policía Nacional y a la Unidad Central Operativa-UCO de Guardia Civil para que realicen informe financiero y patrimonial sobre la posible financiación de la movilización investigada. Dicho informe, señala, deberá analizar movimientos económicos relevantes detectados en la zona, utilización de sistemas informales de transferencia de fondos, sistemas hawala, contratación de medios de transporte colectivos y cualquier otra operación que pudiera guardar relación con la logística necesaria para la movilización masiva investigada.

La juez indica que una vez se aporten al órgano judicial la totalidad de grabaciones, imágenes aéreas, vídeos operativos, material de drones, grabaciones de cámaras de vigilancia y cualquier otro material audiovisual obtenido entre los días 20 de julio y 7 de agosto de 2026 referidas, deberá procederse a la elaboración de un informe pericial audiovisual único que permita reconstruir cronológicamente los acontecimientos, identificar participantes y determinar los movimientos e itinerarios seguidos durante la ejecución de los hechos.

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