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El Gobierno aprueba poder topar precios en situaciones de emergencia para evitar abusos contra los consumidores

¿Por qué es importante? El Ejecutivo busca luchar contra los abusos que los usuarios han denunciado recientemente con casos como el aumento de precios en los vuelos tras el accidente de tren en Córdoba o la DANA de Valencia.

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ofrece declaraciones a la prensa tras el Consejo de MinistrosEl ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ofrece declaraciones a la prensa tras el Consejo de MinistrosEuropa Press
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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto-ley que permitirá al Gobierno topar precios de servicios o productos en una situación de emergencia que altere de forma excepcional la oferta y la demanda.

Según ha explicado el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, tras el Consejo de Ministros, esta medida busca proteger a las personas consumidoras ante los abusos que se han denunciado recientemente en este tipo de situaciones, como el aumento de los precios en los billetes de avión ocurrido tras el accidente de tren en Córdoba.

En estas situaciones, según el real decreto-ley, se prohíben los incrementos de precios y no podrán ser superiores al máximo que hayan tenido en los últimos 30días, ni superar en un 50% al promedio de esos 30 días.

"Lo que hemos visto es lo que sucede cuando no hay regulación. Hay operadores sin escrúpulos. No vamos a permitir abusos", ha trasladado el ministro tras el Consejo de Ministros.

A este respecto, la limitación de precios se podrá activar bien junto a una declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, o también en otros supuestos como accidente, emergencia técnica, fuerza mayor u otras circunstancias sobrevenidas no imputables a las personas usuarias, y se determinará mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.

El Consejo de Ministros también podrá determinar las situaciones en las que podrán toparse los precios, no siendo solo aquellas declaradas como de emergencia de protección civil. La limitación de precios se podrá activar junto a una declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil o en otros supuestos como accidente, emergencia técnica, fuerza mayor u otras circunstancias sobrevenidas no imputables a las personas usuarias, y se determinará mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.

El real decreto-ley incorpora criterios de flexibilidad para no tensionar la oferta y permitir incrementos del precio solo cuando estén objetivamente justificados por un aumento acreditable de costes, o si estos son necesarios para introducir nueva oferta que mitigue la escasez, siempre y cuando esto no suponga un aumento de márgenes para el operador.

Por último, la normativa recoge que los consumidores tendrán derecho a la devolución automática de cualquier importe cobrado en exceso sobre el precio máximo aplicable, sin perjuicio del régimen sancionador.

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