El juez ha procesado al actor Willy Toledo por insultar a Dios y a la
Virgen María en unos comentarios publicados en Facebook que "contienen
frases potencialmente ofensivas para la religión católica y sus
practicantes".
En un auto de
transformación de diligencias previas en procedimiento abreviado, -paso previo
a la apertura del juicio oral- el titular del Juzgado de Instrucción número 11
de Madrid, Juan Javier Pérez Pérez, entiende que "existen motivos
suficientes" para imputar al actor un delito contra los sentimientos
religiosos.
Willy Toledo fue
arrestado el pasado día 13 y puesto a disposición judicial después de negarse a
comparecer en las dos ocasiones en las que fue reclamado por el juez a raíz de
la denuncia presentada por la Asociación Española de Abogados Cristianos.
Y cuando lo hizo, solo
respondió a una única pregunta de su abogado, en la que se ratificó en un
escrito que presentó hace unos meses donde insiste en que no ha cometido
"ningún delito" al estar amparado por su libertad de expresión
y, por tanto, no consideró "necesario" presentarse ante "ningún
juez ni fiscal".
Pero en el auto de
procesamiento, fechado el pasado día 21, el juez
considera que "al menos los mensajes publicados el 5 de julio de 2017
pudieran no estar amparados por el citado derecho fundamental y, por ello, no
cabe aquí excluir la posibilidad de que integren el citado delito contra los
sentimientos religiosos".
En dichos comentarios el
actor tildó de "energúmena" a una jueza de Sevilla que decidió abrir
juicio oral a tres mujeres acusadas de un presunto delito contra los
sentimientos religiosos, por llevar a cabo una procesión con una gran vagina,
que llamaron "la procesión del coño insumiso". Y después escribió:
"Yo me cago en Dios y me sobra mierda para cagarme en el dogma de la
santidad y virginidad de la Virgen María. Este país es una vergüenza
insoportable. Me puede el asco. Iros a la mierda. Viva el coño insumiso".
El magistrado señala que
"existen motivos suficientes" para procesarle porque estos mensajes
"contienen frases potencialmente ofensivas para la religión católica y sus
practicantes". Sin embargo, el juez no considera que puedan ser
constitutivos de delito otros dos mensajes que Willy Toledo publicó en Facebook
el 14 de abril y el 6 de julio de 2017 y que la Policía incluyó en sus
diligencias.
Estos comentarios
contienen, según el magistrado, "sendas críticas frente a determinadas
manifestaciones religiosas" (las procesiones de Semana Santa, en el caso
del primer mensaje, y los dogmas de la inmaculada concepción y la perpetua
virginidad en el segundo). "Las manifestaciones de ambos mensajes podrán
considerarse duras, acerbas, ásperas o groseras, pero al realizarse en el
contexto de una crítica a una confesión religiosa, deben considerarse amparadas
por su libertad de expresión", señala el juez.
Un contexto que, en
cambio, no está presente en los mensajes del 5 de julio que contienen, sin más,
"frases potencialmente ofensivas desprovistas de todo sentido crítico, por
cuanto no se encuadran en comentario alguno relativo a la religión
citada". Aquel día, añade el escrito, "el primer mensaje se refería a
una decisión judicial relativa a otro posible delito contra los sentimientos
religiosos imputado a terceras personas", y "el segundo contiene
simplemente una enumeración de exabruptos, uno de los cuales se refiere de
nuevo a la citada religión".
El origen de este
procedimiento está en una denuncia que la Asociación Española de Abogados
Cristianos interpuso ante la Fiscalía de Madrid por unos comentarios difundidos
por Willy Toledo a través de Facebook en julio de 2017, que a juicio de esta
organización vejaban los sentimientos religiosos.
Su abogado ha dicho en
un escrito, que esas expresiones "se enmarcan en un contexto de sana crítica
política con un evidente sentido satírico". Y ha añadido que el
hecho de que pueda abrirse juicio contra el actor, "implica clara y
rotundamente que en este país se está criminalizando la libertad de expresión,
y lo que es más grave, la libertad de pensamiento".
Con esta decisión, el
juez da traslado de la causa al Ministerio Fiscal y a las acusaciones
personadas para que, en el plazo de diez días soliciten la apertura de juicio
oral formulando escrito de acusación o pidiendo el sobreseimiento de la causa.
Willy Toledo ha pasado por el juzgado, pero se ha negado a declarar. A la salida ha explicado que cree que su situación es una oportunidad para debatir sobre los cinco artículos del Código Penal que se refieren a los sentimientos religiosos.
El delito de blasfemia que existía en el franquismo fue supuestamente suprimido cuando España se convirtió en un estado aconfesional. Sin embargo, lo que hicieron fue transformarlo en un cinco artículos que actualmente recogen el delito de ofensa al sentimiento religioso en el Código Penal.