Muchos internautas lo desconocen, pero existe el 'Derecho al Olvido', que permite que los usuarios puedan solicitar a los motores de búsqueda que no indexen datos con sus nombres y apellidos.

Esta garantía se desarrolló en el año 1970, pero no fue hasta el año 2014, cuando el fallo de un Tribunal permitió que se pudiese exigir esta desindexación.

El Artículo 17 de la Ley de Protección de Datos recoge cuatro condiciones (basta con que se cumpla una) para que Google suprima los datos solicitados.

  • Que los datos personales ya no sean necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos.
  • Que el interesado retire el consentimiento que inicialmente dio para su difusión.
  • Que el usuario se oponga al tratamiento porque no haya facilitado sus datos de manera directa ni indirecta
  • Que los datos hayan sido tratados u obtenidos de manera ilícita

Para llevar a cabo esta solicitud, el usuario debe rellenar este informe, con el que Google se compromete a "retirar los resultados específicos de consultas en las que se incluya tu nombre".

Sin embargo, cabe destacar que esto no sirve para eliminar los perfiles de las redes sociales porque esa no es competencia de los motores de búsqueda.

Para cumplimentar este documento es necesario disponer de una copia digital del documento de identificación personal, como DNI o pasaporte, y adjuntar enlaces de prueba que muestren las páginas que recogen tus datos.