¿MÁS CERCA?

El Supremo abre una puerta a la jubilación anticipada de los transportistas

El TS ha dictado una sentencia que anula parcialmente el Real Decreto 402/2025, por la cual se regulan los procedimientos para aplicar reducciones a actividades peligrosas.

Mazo de un juez

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El medio Transporte 3 ha informado de que la obligación de los solicitantes de entregar su documentación fiscal a la Seguridad Social ha sido declarada como nula por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, ya que paralizaba " en gran parte" la presentación de solicitudes.

Según la propia federación, esta exigencia resultaba injustificada, ya que esos datos ya los tiene la Tesorería General de la Seguridad Social gracias a las cotizaciones empresariales.

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Los sindicatos habían iniciado una campaña para recabar los datos identificativos de los conductores. Sin embargo, tras la intervención del Tribunal Supremo, ya no será necesario. La sentencia facilita el acceso a la jubilación anticipada para transportistas y conductores profesionales.

Sin embargo, esto no ha hecho que cesen las reclamaciones de la federación al respecto y ahora señalan al Gobierno, al que piden una actuación inmediata en el asunto: “Corresponde al Ministerio de Seguridad. Social aplicar la resolución judicial y continuar, sin más dilaciones, con la tramitación de la jubilación anticipada para el sector del transporte por carretera”, concluye Transporte 3.

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