SENTENCIA COCHES ELÉCTRICOS

Un tribunal alemán permite devolver un coche eléctrico por no cumplir con la autonomía prometida

El vehículo apenas alcanzaba 282 kilómetros frente a los 332-341 kilómetros anunciados oficialmente por el fabricante.

Recargar un eléctrico cuesta 100 euros menos al mes que un vehículo de gasolina

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Un tribunal alemán ha dictado una sentencia que permite deshacer la compra de un coche eléctrico después de comprobar que su autonomía real estaba muy por debajo de la anunciada por el fabricante. Según la documentación de venta, el vehículo ofrecía entre 332 y 341 kilómetros de autonomía bajo el ciclo WLTP, pero en la práctica solo alcanzaba los 282 kilómetros, lo que suponía una desviación negativa aproximada del 18%.

La clave del caso estuvo en un dictamen pericial sobre la batería, que determinó que esta había sufrido una pérdida de capacidad superior a la media, de alrededor del 17% en tres años. Además, el problema apareció durante el primer año después de la entrega, por lo que no pudo demostrarse que el defecto no existiera ya en el momento de la compra. Aunque los fabricantes pueden señalar que la autonomía depende de diferentes factores, los jueces consideraron que las especificaciones oficiales anunciadas son jurídicamente vinculantes.

Eso sí, para reclamar es necesario contar con un costoso informe pericial que demuestre la desviación. En principio, el propietario que presenta la demanda debe asumir este gasto, aunque la situación cambia si finalmente el juez le da la razón. Si se demuestra que el vehículo no cumple con las condiciones anunciadas, el fabricante demandado tendrá que hacerse cargo también del coste del dictamen pericial.

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