COMPRA DE VEHÍCULOS

¿Puede una persona sin carnet tener un coche a su nombre?

Pese a que para comprar un vehículo no es necesario estar en posesión del carnet de conducir, ¿es posible aparecer como el titular del mismo si no dispones de la licencia? Esta es la respuesta.

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¿Quién no ha soñado alguna vez con que al cumplir los 18 años te regalasen un coche? Aunque no se trate de una situación muy común, más aún si cabe en los tiempos que corren, si te han regalado un coche, tienes pensado comprártelo o, simplemente, vas a heredar el vehículo familiar, puede surgirnos una duda en caso de que todavía no contemos con el carnet de conducir: ¿puedo aparecer como titular?

A la hora de asegurar un automóvil, lo más común es que la persona que lo paga, también conocido como tomador, el conductor habitual y el propietario sean la misma persona, aunque no siempre tiene por qué ser así. Del mismo modo, lo lógico es que quien el propietario o titular de un coche tenga ya el carnet de conducir.

Ser titular de un coche sin carnet: ¿es posible?

En caso de que te hayan regalado, heredado o comprado un coche puedes estar tranquilo, puesto que podrás registrarte como propietario y titular del vehículo en el registro de la DGT, incluso si eres menor de edad. Eso sí, tendrás que tender en cuenta que no podrás figurar como conductor habitual, para ello deberás poner a un amigo o familiar que si disponga de la licencia.

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Lógicamente, al no estar en posesión del permiso de conducir, no puedes ni conducirlo ni sacar el coche del cocesionario, alguien deberá hacerlo por ti. Bajo ninguna circunstancia, tal y como aconseja RACE, lo cojas sin tener el carnet. Además de ser una imprudencia, podrías enfrentarte a una cuantiosa multa de 6.000 euros, y no solo eso, también debes tener en cuenta que en caso de accidente, el seguro no se responsabiliza de daños ni indemnizaciones.

En el caso del seguro, como es lógico, no lo podrás poner a tu nombre, ya que ninguna empresa aseguradora va a formalizar una póliza de automóvil con alguien que no tenga carnet. Por ello, el seguro deberá estar a nombre de otra persona, ya sea tu padre, madre o algún familiar cercano, que además figuraría como el conductor habitual mientras que tú serías el pagador del seguro. Una vez consigas aprobar el carnet de conducir, únicamente deberás transferir el vehículo para figurar como titular.

Otra de las dudas más comunes sobre este tema es si un vehículo puede tener más de un titular. La respuesta a esta cuestión es negativa, ya que la DGT tan solo admite un titular, que será la representante legal del vehículo a todos los efectos. Para hacer constar que el automóvil pertenece a varias personas, será necesario formalizar un contrato privado.

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