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Si se retrasa en la entrega del coche nuevo, el concesionario podría tener que indemnizar hasta con el doble de lo pagado

¿Se han retrasado al entregarte el coche nuevo? Así deberían indemnizarte

Según recuerda la asociación de vendedores Ganvam, el incumplimiento de plazos implica una serie de compensaciones al comprador, que podrían llegar al doble de lo pagado.

-Comprar un coche en un concesionario

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Una de las preguntas más frecuentes tras la formalización de la compra de un coche es el tiempo máximo del que dispone el fabricante para entregarlo. La Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos de Motor, Reparación y Recambios (Ganvam) recuerda que los vendedores de vehículos tienen que entregar el automóvil a sus clientes en un plazo máximo de 30 días naturales tras la firma del contrato.

Tal como se recoge en la normativa vigente, el plazo máximo para la entrega de un vehículo que no se va a destinar a actividades empresariales es de 30 días. Sin embargo, este límite puede variar en el caso de que el comprador y el vendedor lleguen a un acuerdo, pactando un plazo diferente.

Por su parte, Ganvam destaca que en la venta de un vehículo nuevo los plazos de entrega están condicionados por el fabricante, por lo que se puede acordar un periodo más amplio y establecer bajo qué circunstancias se pueden alterar esas condiciones.

En caso de incumplimiento del plazo acordado el comprador podrá conceder un plazo adicional, pero si éste último tampoco se respeta tendremos total derecho de anular el contrato sin penalización. También se puede cancelar el contrato sin necesidad de otorgar el plazo adicional, siempre y cuando haya constancia en éste de que el vehículo debe entregarse en una fecha determinada pasado el periodo de los 30 días.

En definitiva, si el vendedor incumple el plazo de entrega pactado o el plazo legal de 30 días puede anularse el contrato y devolver el precio pagado. Además, en caso de retraso injustificado, el comprador podrá reclamar daños y prejuicios e incluso el doble del precio pagado. Recomendación: una vez que el vendedor nos de una fecha aproximada, lo mejor es fijar por escrito un plazo máximo de entrega. Las demoras suelen ser habituales, no siempre están justificadas, y frecuentemente son achacables a la propia gestión del vendedor.

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