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CAMBIOS EN LA NORMATIVA

Estas son las infracciones que, en 2021, te costarán 500 euros

Este año entrarán en vigor las reformas aplicadas a la Ley de Tráfico: algunas de las sanciones más elevadas no cambian, pero otras sí lo hacen.

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La reforma de la Ley de Tráfico ha dibujado un nuevo escenario para las infracciones y para los castigos que las penalizan. Con el objetivo de mejorar la seguridad vial de nuestro país, la Dirección General de Tráfico ha endurecido algunas de las sanciones que pesan sobre gestos como utilizar el teléfono al volante y ha mantenido otras. Estas son las infracciones que, en 2021, te costarán 500 euros.

Copiar en el examen teórico

A partir de ahora, el Reglamento General de Conductores castigará a aquellos aspirantes que empleen dispositivos de intercomunicación no autorizados en el examen teórico del carnet de conducir. La multa será de 500 euros y, además, no podrán presentarse de nuevo en un plazo de seis meses.

Superar la velocidad máxima

Una de las medidas que más conversación ha suscitado son los nuevos límites de velocidad para las ciudades. A partir de 2021, habrá que circular como máximo a 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación y a 20 km/h en aquellas que tengan una plataforma única de calzada.

Lo que no cambian son las sanciones: se considerará infracción grave cuando un coche supere en 40 km/h los límites de 30, 40 y 50 y 60 km/h los límites superiores a 50. Esto supondrá una multa de 500 euros y la pérdida de seis puntos. Si sobrepasa en 50 km/h los límites de 30, 40 y 50 y en 70 km/h los límites superiores a 50 se considerará una infracción muy grave y el castigo será de 600 euros.

Utilizar el teléfono al volante

No sólo se penalizará el uso del móvil en el coche, también el hecho de llevarlo en la mano mientras se conduce aunque no se esté empleando. La multa pasará de 200 a 500 euros y también aumentarán los puntos que se retiran: ahora serán seis en lugar de tres.

Conducción temeraria

En este apartado no hay novedades. Tráfico considera que conducir a gran velocidad y/o habiendo consumido alcohol u otras sustancias ilegales es hacerlo de forma temeraria. Por lo tanto, la sanción será de 500 euros.

Alcohol

Tampoco hay cambios en el nivel máximo de alcohol permitido: 0,15 gr/l para conductores noveles y profesionales y 0,25 gr/l para el resto. Superar estos límites está considerado como una infracción grave que está penada con 500 euros más la pérdida de seis puntos. Negarse a realizar la prueba de alcoholemia conlleva la misma sanción económica.

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