NECESITARÁN CERTIFICACIÓN

La DGT recuerda las características que deben cumplir los patinetes eléctricos a partir del próximo 22 de enero

A partir del próximo año, los VMP deberán cumplir con una serie de cualidades imprescindibles para su comercialización con el objetivo de que cumplan con unas garantías de calidad y durabilidad mínimas.

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Las Navidades están a la vuelta de la esquina, y con ellas llegan las infinitas peticiones de regalos de los más pequeños de la familia. Uno de los productos más demandados por los jóvenes es, sin lugar a dudas, el patinete eléctrico. En caso de que tu hijo, sobrino o nieto te haya solicitado uno de estos vehículos, la DGT arroja luz sobre lo que estos deben incluir.

La evolución de los VMP (Vehículos de Movilidad Personal) ha sido grandiosa en estos últimos años. La tecnología avanza a pasos agigantados y en la mayoría de las ocasiones se antepone a la normativa. Por esta razón, la Dirección General de Tráfico recuerda a los ciudadanos que a partir del 22 de enero de 2024 solamente se van a poder comercializar vehículos de movilidad personal certificados.​

Uso del patinete
Uso del patinete | Newspress

Los principales motivos que han llevado a la DGT a tomar cartas sobre el asunto y plantear esta nueva medida recogida en el Manual de características de los vehículos de movilidad personal, no son otras, que velar por la seguridad vial y la protección al conductor de este tipo de vehículos, así como la del resto de usuarios de la vía, y garantizar que los VMP que se pongan en el mercado cumplan con unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles.

¿Qué características debe cumplir un VMP?

La DGT esclarece a través de su página web que los VMP comercializados hasta el 21 de enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificado. A partir de dicha fecha, solamente lo podrán hacer los VMP que cuenten con la certificación, y deberán cumplir con las siguientes características:

  • Velocidad. podrán circular a una velocidad máxima de 25km/h, a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo. Además, dispondrán de sistemas antimanipulación, tanto para la velocidad como para la potencia. También deberán disponer de un indicador de información visible en el que conste la velocidad a la que va y el nivel de batería.
  • Sistema de frenado. Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2. Además, los vehículos de más de 2 ruedas deberán disponer de freno de estacionamiento.
  • Visibilidad. Los vehículos de movilidad personal deberán estar equipados de catadióptricos frontales (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). Además, la luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
  • Más concretamente, los VMP para transporte de mercancías u otros servicios deberán llevar reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo, en aristas y vértices de la carga, que permitan señalizar y distinguir claramente en situaciones de baja visibilidad tanto la altura como la anchura de la misma.
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