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SEGÚN EL TSJM

Las multas de Madrid Central y el SER en entredicho: más de tres millones podrían ser nulas

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) se ha pronunciado sobre las multas de Madrid Central y sobre las de las zonas de estacionamiento regulado SER

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) se ha pronunciado sobre Madrid Central y sobre las zonas de estacionamiento regulado SER. En primer lugar no avala la zona de bajas emisiones que abarca el centro de la ciudad y en segundo lugar ha declarado que las denuncias de aparcamiento en las citadas áreas deben ir siempre acompañadas de una fotografía. La consecuencia directa de este pronunciamiento es algo a tener en cuenta: según los datos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), tres millones de multasy un cuarto de millón de euros podrían estar en entredicho.

Las multas de la Zona SER

Comencemos por la Zona SER. El TSJM ha puesto sobre la mesa el Artículo 44.2 de la Ley de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid. Un apéndice que establece lo siguiente: “Al expediente administrativo, que pueda instruirse como consecuencia de la denuncia realizada por el personal auxiliar, se incorporará una imagen del vehículo ya sea en fotografía, filmación digital u otros medios tecnológicos”.

Un precepto que completa con la siguiente puntualización: “No se contempla excepción alguna a dicho deber de incorporación fotográfica en función de la mayor o menor facilidad o viabilidad técnica de la realización de la fotografía o correspondiente filmación digital”. O lo que es lo mismo: la denuncia siempre debe ir acompañada de la citada prueba independientemente de las circunstancias.

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Madrid Central | Ayuntamiento de Madrid

La foto, obligatoria

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado la posibilidad de prescindir de esa obligatoriedad de adjuntar una foto de la infracción. Por lo tanto, desde Pyramid Consulting, recuerdan que todas las multas impuestas por exceder el tiempo máximo autorizado para estacionar que no están acompañadas de estas pruebas y aquellas que no cuentan con la correspondiente fotografía por motivos no probados (ausencia de iluminación suficiente, climatología adversa u otras causas) serían nulas.

La obligatoriedad de adjuntar la foto está vigente desde la entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenible en octubre de 2018. Sin embargo, desde entonces se han formulado las 1.911.221 denuncias por parte de los controladores del SER y del personal del SACE sin fotografía y sin cumplir los requisitos de identificación (nombre y apellidos) y domicilio que establece la ley. Y no sólo están en el aire las sanciones, también su cobro que asciende a 150.051.380 euros.

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Madrid Central | Ayuntamiento de Madrid

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Por otro lado, el TSJM no avala ni Madrid Central ni el acuerdo de la Junta de Gobierno que desarrolla cómo debe gestionarse y establece qué vehículos pueden acceder y cuáles no al área restringida. Una sentencia reciente ha declarado, por sexta vez, su nulidad. Según la AEA, desde marzo de 2019 hasta octubre de 2020, el Ayuntamiento de Madrid ha formulado 1.169.785 denuncias por valor de 105.280.650 euros por acceder a Madrid Central sin autorización. Sanciones e importe que también podrían ser nulas.

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